Convocatoria para el año 2017 de becas para realizar estudios de postgrado.
Objeto del procedimiento:
Concesión de becas para la financiación de los gastos exclusivos de matrícula de postgrado, en atención a la concurrencia en los beneficiarios/as con la condición de estudiantes, durante el curso académico 2016/2017.Concesión de becas para la financiación de los gastos exclusivos de matrícula de postgrado, en atención a la concurrencia en los beneficiarios/as con la condición de estudiantes, durante el curso académico 2016/2017.
Destinatarios:
Aquellos/as estudiantes que cumplan acumulativamente los siguientes requisitos:
- Acreditar estar en posesión de un Título Universitario, Diplomado o Grado.
- Acreditar su condición de residente en la isla de Gran Canaria, con una antigüedad de al menos un año, debiendo ser la residencia continuada e inmediatamente anterior a la convocatoria, y tener domiciliada la renta familiar en la isla.
- No superar los ingresos económicos establecidos como criterio de valoración en el artículo 10.2.4 de la presente convocatoria.
- Acreditar fehacientemente las situaciones familiares especiales, si fuera el caso, aportando la documentación acreditativa al respecto.
Plazos de presentación de la solicitud y documentación (ambos inclusive):
Fecha de inicio del plazo de presentación: 13/03/2017
Fecha de fin del plazo de presentación: 07/04/2017
Requisitos para el inicio o trámite del procedimiento:
Presentación de la solicitud.
Legislación general:
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.[894.69 Kb][19.nov.2013]
- Real Decreto 887/206, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.[628.24 Kb][19.nov.2013]
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas[1.14 Mb][20.oct.2016]
- Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local[277.48 Kb][05.abr.2013]
- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de Marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales[1.07 Mb][20.jun.2014]
- Ordenanza General de Subvenciones del Cabildo Insular de Gran Canaria, publicada en el BOP de Las Palmas nº 166 de fecha 26 de diciembre de 2008.[164.21 Kb][19.nov.2013]
- Convocatoria para el año 2017 de becas para realizar estudios de postgrado (Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 30, viernes 10 de marzo de 2017).[61.97 Kb][10.mar.2017]
- Convocatoria para el año 2017 de becas para realizar estudios de postgrado[127.28 Kb][10.mar.2017]
Proyectos a subvencionar y actuaciones subvencionables:
Estudios universitarios de Postgrado en centros públicos en el curso 2016/2017.
Observaciones:
La validez de la información que aquí se recoge es orientativa, por lo que no tiene carácter oficial, para más información consulte el extracto de la convocatoria publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 30, viernes 10 de marzo de 2017, la convocatoria y la normativa que regula este procedimiento.
Las distintas notificaciones a que de lugar este procedimiento administrativo se efectuarán en la página web de esta Corporación Insular (www.grancanaria.com) y en la de la Consejería de Educación y Juventud (www.grancanariajoven.es).
NOVEDADES EN EL PROCEDIMIENTO
Para ver las últimas novedades del procedimiento, presione en la pestaña Seguimiento.
Relación de documentación necesaria para el inicio o tramitación del procedimiento:
La solicitud para la participación en la convocatoria se presentará en un plazo de VEINTE DÍAS HÁBILES, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 30, viernes 10 de marzo de 2017.
Dicha solicitud, habrá de formalizarse de la siguiente forma:
- Acceder a una de las páginas webs www.grancanaria.com o www.grancanariajoven.es para consultar la convocatoria y cumplimentar la solicitud telemáticamente a través de becas.grancanaria.com
- Rellenar los impresos expuestos para esta convocatoria; estos son el anexo I, el anexo II y el anexo III.
- Imprimir cada uno de los impresos y firmarlos, presentándose posteriormente, con la documentación necesaria, en el Registro General del Cabildo de Gran Canaria, sito en la planta baja del edificio administrativo anexo a la Casa Palacio, (entrada por la calle Pérez Galdós), de Las Palmas de Gran Canaria, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16 de la vigente Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Dictada la Resolución Definitiva, deben presentar el anexo IV y el anexo V antes del 30 de septiembre de 2017 para poder hacer efectiva la beca.
- Declaración responsable (ANEXO IV)[69.42 Kb][24.ago.2017]
- Modelo de justificación genérica (ANEXO V)[66.53 Kb][24.ago.2017]
VÍAS DE TRAMITACIÓN:
PresencialCómo iniciar el procedimiento:
Acorde con el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes, escritos y comunicaciones dirigidos al Cabildo de Gran Canaria podrán presentarse en:
- Registro General y Registros Desconcentrados del Cabildo de Gran Canaria.
- Sede electrónica del Cabildo de Gran Canaria. (Para los trámites especificados en el catálogo de la sede)
- Otros lugares:
a) En los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.
b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
d) En las oficinas de asistencia en materia de registros.
e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Los registros electrónicos de todas y cada una de las Administraciones, deberán ser plenamente interoperables, de modo que se garantice su compatibilidad informática e interconexión, así como la transmisión telemática de los asientos registrales y de los documentos que se presenten en cualquiera de los registros.
- En cualquiera de las administraciones adheridas al Proyecto ORVE/SIR
- En cualquiera de las administraciones adheridas al Proyecto ORVE/SIR
Órgano de inicio:
Consejería de Educación y Juventud
Leyenda
CONSEJERÍA:
Consejería de Recursos Humanos, Organización, Educación y Juventud
SERVICIO:
Servicio de Educación y Juventud
Órgano de tramitación:
Servicio de Educación y Juventud
Órgano de resolución:
Consejería de Educación y Juventud
Plazo de resolución:
La resolución definitiva de la convocatoria deberá dictarse en el plazo máximo de seis (6) meses, a contar desde la fecha de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 30, viernes 10 de marzo de 2017.
Recursos:
Contra la presente convocatoria podrá interponerse RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN ante el Consejo de Gobierno Insular, en el plazo de UN (1) MES a contar desde el día siguiente al de la publicación en el tablón de anuncios del Cabildo de Gran Canaria y en la página web www.grancanaria.com, en el plazo de DOS (2) MESES, contados de la misma forma, interponer directamente RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria.
Contra los actos definitivos en la vía administrativa, dictados por el Sr. Consejero de Educación y Juventud para el desarrollo de la convocatoria, podrá interponerse por los/as interesados/as RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN ante el Consejo de Gobierno Insular, en el plazo de UN (1) MES a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Tablón de Anuncios de la Corporación, o en su defecto, y en el plazo de DOS (2) MESES, contados de la misma forma, interponer directamente RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria.
Listado de otras convocatorias: