2022 Ayuntamientos Subvenciones Nominadas para Actividades Culturales

El objeto

El objeto del presente marco normativo es regular el procedimiento de concesión de las subvenciones previstas nominativamente en el Presupuesto de la Consejería de Gobierno de Cultura del Cabildo de Gran Canaria para el ejercicio 2022, para colaborar en la financiación de los gastos corrientes de los proyectos o actividades a desarrollar por los Ayuntamientos que se relacionan.

Destinatarios

Subvenciones dirigidas a:

Ayuntamientos de la isla de Gran Canaria que realicen actividades de carácter cultural.

Presentación

Fecha de inicio del plazo de presentación: Desde el día siguiente al recibo de la notificación.

El plazo de presentación de solicitudes será hasta el 15 de marzo de 2022

Mediante carta de la Sra. Consejera de Gobierno de Cultura, se notificará a los beneficiarios de la subvención nominada,  la denominación del proyecto y el importe consignado en el Presupuesto de la Consejería de Gobierno de Cultura del Cabildo de Gran Canaria para el ejercicio 2022.

Fecha de inicio: 13/06/2023 Fecha de fin: 15/03/2022

Los proyectos a subvencionar son los previstos nominativamente en el Presupuesto de la Consejería de Gobierno de Cultura del Cabildo de Gran Canaria para el ejercicio 2022 con cargo a las aplicaciones presupuestarias siguientes:

07500/3340/462002622

A Ayto. Agüimes, para Festival de Teatro de Agüimes

25.000 €

07500/3340/462002722

A Ayto. de Gáldar, para Festival de Cine de Gáldar

15.000 €

07500/3340/462002922

Al Ayto. de Valleseco. Certamen Zarzuela

  6.000 €

07500/3340/462003122

A Ayto. de Valsequillo. " Festival 3 días de Farándula"

  6.000 €

07500/3340/462003222

A Ayto. Artenara, Festival una noche en Artenara

  8.000 €

07500/3340/462003422

Al Ayuntamiento de Mogán. Encuentro Veneguera

15.000 €

Órgano de inicio

Consejera de Gobierno de Cultura

Órgano de tramitación

Servicio de Cultura

Órgano de resolución

Consejera de Gobierno de Cultura

Observaciones

El plazo máximo para la resolución y notificación será de SEIS MESES contados a partir del día siguiente a la notificación de la carta del Sra. Consejera de Gobierno de Cultura, en el que se comunica a la entidad beneficiaria la denominación del proyecto y el importe consignado en el Presupuesto de la Consejería de Gobierno de Cultura del Cabildo de Gran Canaria para el ejercicio 2022

Transcurrido el plazo máximo para resolver el procedimiento sin que haya recaído resolución expresa, se podrá entender desestimada la solicitud, de acuerdo con lo previsto en el artículo 25.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Cómo recurrir

"Recurso Contencioso Administrativo, dentro del plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a la notificación o publicación del acto que ponga fin a la vía administrativa, si fuera expreso; si no lo fuera, el plazo será de seis meses , de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.6 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, salvo que en el plazo de dos meses se produzca el previo requerimiento a que se refiere el artículo 44 del mismo texto legal, el cual se entenderá rechazado si transcurriera un mes desde que se efectuó, sin que fuese contestado".

Vías de tramitación

Sede electrónica

Puede presentar la documentación de manera telemática o presencial.

  • Telemática (Obligatoria para los sujetos incluidos en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

A través de:

  1. Nuestra Sede electrónica. Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través de una sede electrónica, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los certificados electrónicos reconocidos. Si existiera un formulario específico para el trámite que va a realizar, debe hacer uso del mismo. Puede consultar todas las anotaciones de entrada (presencial o electrónicas) a través de la carpeta ciudadana que se encuentra en nuestra Sede electrónica. También puede comprobar la autenticidad de los justificantes de registro electrónico mediante el Código Seguro de Verificación (CSV) que aparece en el mismo, utilizando el servicio de Verificación de documentos
  2. En el caso del Sector Público, si no existiera formulario espécifico para el trámite que necesite en nuestra Sede electrónica, puede realizarlo a través de su Registro Electrónico, siempre que esté integrado en el Sistema de Interconexión de Registros (SIR).

Podrán acceder a la condición de beneficiario, todas aquellas entidades  previstas nominativamente en el Presupuesto de la Consejería de Gobierno de Cultura del Cabildo de Gran Canaria para el ejercicio 2022

Será requisito imprescindible, haber justificado previa y correctamente cualquier subvención otorgada por este Servicio de Cultura en años anteriores, pues de lo contrario, no podrá abonarse esta nueva subvención correspondiente a la anualidad 2022.

Y de conformidad con lo establecido en la citada Base 33º del Presupuesto 2022 de esta Corporación, sólo podrán realizarse pagos anticipados, cuando la solicitud de subvención sea anterior a la realización de la actividad.

Para Ayuntamientos de la isla de Gran Canaria

  • Aceptación de la subvención (Anexo I).
  • Certificación del Secretario/a del Ayuntamiento acreditando la personalidad del representante legal firmante y, en su caso, de la delegación que ostente, con una vigencia máxima de 6 meses. En el caso de que dicha información haya sido presentada anteriormente y siempre que no hay sufrido variación, quedará exento de su presentación dejando constancia de tal circunstancia (Anexo I).
  • Declaración responsable otorgada ante autoridad administrativa correspondiente de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones establecidas en el, artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones , de no estar la entidad que representa inhabilitada para percibir ayudas o subvenciones de la Administración Publica , así como de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la hacienda estatal, hacienda autonómica y con la  Seguridad Social (Anexo II).
  • Declaración responsable de subvenciones recibidas o solicitadas para el mismo fin  (Anexo III).
  • Declaración responsable de necesidad de pago anticipado   (Anexo IV).
  • Memoria donde se refleje las actividades a desarrollar, firmada electrónicamente y debiendo contener de manera expresa la fecha de inicio y finalización de la actividad (Anexo V).
  • Presupuesto detallado de gastos e ingresos (Anexo VI).

Asimismo se le comunica que los Anexos pueden ser descargados directamente pulsado en los siguientes enlaces:

ANEXO I.- Aceptación

ANEXO II.- Declaración responsable sobre el artículo 13 LGS y otros extremos.

ANEXO III.- Declaración responsable sobre otras subvenciones para el mismo fin

ANEXO IV.- Declaración responsable de pago anticipado

ANEXO V.- Memoria

ANEXO VI.- Presupuesto

ANEXO I.- Aceptación - 16.feb.2022 - 307,3 kb

ANEXO II.- Declaración responsable sobre el artículo 13 LGS y otros extremos. - 16.feb.2022 - 354,6 kb

ANEXO III.- Declaración responsable sobre otras subvenciones para el mismo fin - 16.feb.2022 - 355,1 kb

ANEXO IV.- Declaración responsable de pago anticipado - 16.feb.2022 - 341,1 kb

ANEXO V.- Memoria - 16.feb.2022 - 412,6 kb

ANEXO VI.- Presupuesto - 16.feb.2022 - 337,3 kb

CONTACTO
  •  Centralita
  • T. +34 928219421
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