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Convocatoria de subvenciones del año 2023 para el reparto de productos ecológicos en los centros escolares

El objeto

El objeto de la presente convocatoria es regular el procedimiento de otorgamiento de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a las cooperativas agrarias de Gran Canaria que realicen distribución de sus productos ecológicos a los comedores escolares de la isla de Gran Canaria.

Destinatarios

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las cooperativas agrarias que realicen su actividad en Gran Canaria, en las que concurran los requisitos del artículo 2 de las bases reguladoras de la convocatoria.

Presentación

Las solicitudes para acogerse a esta convocatoria se presentarán en el plazo de DIEZ (10) DÍAS HÁBILES, contado a partir del día siguiente a aquel en el que se produzca la publicación en el BOP Las Palmas del extracto de la presente convocatoria.

Fecha de inicio: 21/11/2023 Fecha de fin: 04/12/2023

Órgano de inicio

Consejero de Sector Primario, Soberanía Alimentaria y Seguridad Hídrica

Órgano de tramitación

Consejero de Sector Primario, Soberanía Alimentaria y Seguridad Hídrica

Órgano de resolución

Consejero de Sector Primario, Soberanía Alimentaria y Seguridad Hídrica

Cómo recurrir

Contra la resolución definitiva, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo dictó, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de notificación de la resolución o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de la resolución.

Transcurrido el plazo máximo para resolver el procedimiento sin que haya recaído resolución expresa podrá interponerse recurso potestativo de reposición en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica se produzca el acto presunto en la forma determinada en el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de seis meses desde el día siguiente de producirse el acto presunto, como se determina en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Vías de tramitación

Sede electrónica

La solicitud se presentará en el modelo normalizado, acompañada de la documentación preceptiva, en su caso, de forma telemática, a través de la sede electrónica del Cabildo de Gran Canaria: https://sede.grancanaria.com/es.

Según la normativa vigente, las personas jurídicas deben presentar la solicitud y documentación:

  • Telemática (Obligatoria para los sujetos incluidos en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

A través de:

  1. Nuestra Sede electrónica. Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través de una sede electrónica, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los certificados electrónicos reconocidos. Si existiera un formulario específico para el trámite que va a realizar, debe hacer uso del mismo. Puede consultar todas las anotaciones de entrada (presencial o electrónicas) a través de la carpeta ciudadana que se encuentra en nuestra Sede electrónica. También puede comprobar la autenticidad de los justificantes de registro electrónico mediante el Código Seguro de Verificación (CSV) que aparece en el mismo, utilizando el servicio de Verificación de documentos
  2. La Sede electrónica de la AGE. Si existieran problemas técnicos en nuestra Sede electrónica podrá usarse la de la AGE o, también, si no existiera formulario a través del cual pueda realizar el trámite que necesite.
  3. En el caso del Sector Público, si no existiera formulario espécifico para el trámite que necesite en nuestra Sede electrónica, puede realizarlo a través de su Registro Electrónico, siempre que esté integrado en el Sistema de Interconexión de Registros (SIR).