Directorio de contactos

 

cargando datos

Convocatoria de subvenciones para el apoyo y fomento de la participación juvenil y para la realización de proyectos, acciones y actividades dirigidas a la población joven de Gran Canaria. Anualidad 2023

El objeto

La financiación de proyectos, acciones y actividades, promovidas y organizadas por asociaciones juveniles así como otras asociaciones con una sección juvenil y federaciones de asociaciones juveniles, que tengan en sus estatutos la finalidad de impulsar la participación juvenil y el desarrollo de acciones y actividades destinadas a la mejora de la calidad de vida de los/as jóvenes de Gran Canaria.

Destinatarios

Las asociaciones juveniles propiamente denominadas así, como otras asociaciones con sección juvenil y federaciones de asociaciones juveniles legalmente constituidas, que acrediten fehacientemente que se encuentran debidamente inscritas como tal, en el Registro de Asociaciones de Canarias y tengan su sede o una delegación, según corresponda, en la isla de Gran Canaria.

Presentación

Desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas y finalizará el 31 de marzo de 2023.

Fecha de inicio: 02/02/2023 Fecha de fin: 31/03/2023

Observaciones

La información aquí recogida es meramente informativa, para más información consulte el Boletín Oficial de la Provincia número 14, del 1 de febrero de 2023 y la ordenanza específica de la Convocatoria de subvenciones para el apoyo y fomento de la participación juvenil y para la realización de proyectos, acciones y actividades dirigidas a la población joven de Gran Canaria-2023-

Las distintas notificaciones a que de lugar este procedimiento administrativo se efectuarán en el Tablón de Anuncios y página web de esta Corporación Insular (www.grancanaria.com) y en la de la Consejería de Educación y Juventud (www.grancanariajoven.es).

Además de por lo previsto en la presente convocatoria, esta subvención se regirá, en cuanto le fuere de aplicación, por lo dispuesto en la OGS, así como en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento de Desarrollo aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; y en lo no previsto en aquéllas, por lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y en el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo; aplicándose subsidiariamente el resto de normas y disposiciones del ordenamiento jurídico administrativo; y, en su defecto, las normas del derecho privado.

 

Ordenanza General de Subvenciones del Cabildo de Gran Canaria - 26.dic.2008

Base Convocatoria Asociaciones Juveniles 2023 - 01.feb.2023

Extracto boletín asociaciones juveniles - 01.feb.2023

Los proyectos a subvencionar han de responder a uno o varios de los siguientes objetivos:

  • Desarrollar programas que promocionen hábitos de vida saludable (a través del deporte, talleres de prevención de riesgos, etc.).
  • Promover acciones o actividades que desarrollen los derechos y deberes como ciudadanos/as.
  • Promover el desarrollo de valores, cooperación y solidaridad entre jóvenes.
  • Desarrollar prácticas saludables de uso del tiempo libre y ocio.
  • Facilitar el desarrollo artístico.
  • Promover el enriquecimiento cultural e intercultural.
  • Favorecer la no discriminación y la integración de colectivos juveniles desfavorecidos, con problemas de adaptación, o en situación o riesgo de exclusión social.
  • Fomentar la igualdad de género.
  • Potenciar la protección del medio ambiente y el entorno.
  • Favorecer el acceso de jóvenes de núcleos rurales a diferentes recursos (sociales, culturales…).
  • Promover la canariedad y la interculturalidad entre los/as jóvenes.
  • Educar en el buen uso de las redes sociales.
  • Fomentar conciencia de responsabilidad social y/o una participación social activa.
  • Conocer sobre políticas de juventud, instituciones políticas, Administraciones Públicas y procedimientos administrativos.
  • Otros Proyectos que promocionen el desarrollo personal y social de la juventud.

La subvención a que se refiere la presente convocatoria se podrá conceder, de forma única y exclusiva, para los gastos corrientes que indubitadamente respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y se realicen en el plazo establecido en la Convocatoria, tales como honorarios puntuales de ponentes o monitores, material fungible, transporte terrestre, seguros, material de difusión, alquileres y otros necesarios para el desarrollo de las actividades, los cuales deberán cumplir el requisito de figurar en el proyecto y estar directamente relacionado con la actividad subvencionada.

Se subvencionará hasta el 100% del coste del proyecto, acción o actividad, con el límite de TRES MIL EUROS (3.000,00) EUROS por beneficiario.

Órgano de inicio

Jefa de Servicio de Educación y Juventud del Cabildo de Gran Canaria, o funcionario/a en quien se delegue.

Órgano de resolución

Consejera de Educación y Juventud.

Observaciones

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de SEIS (6) MESES. Dicho plazo se computará a partir de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas.

Cómo recurrir

Contra la presente convocatoria podrá interponerse RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN ante el Consejo de Gobierno Insular, en el plazo de UN (1) MES a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, o en su defecto, y en el plazo de DOS (2) MESES, contados de la misma forma, interponer directamente RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria.

Contra los actos definitivos en la vía administrativa, dictados por la Sra. Consejera de Educación y Juventud para el desarrollo de la convocatoria, podrá interponerse por los/as interesados/as RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN ante el Consejo de Gobierno Insular, en el plazo de UN (1) MES a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Tablón de Anuncios de la Corporación, o en su defecto, y en el plazo de DOS (2) MESES, contados de la misma forma, interponer directamente RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria.

Vías de tramitación

Sede electrónica

Las Asociaciones Juveniles y Federaciones de Asociaciones Juveniles, como sujetos jurídicos que son, se encuentran con el derecho y la obligación de relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, tal y como se especifica en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP).

En base a esto, el/la representante legal de la entidad debe contar con firma electrónica como representante (Certificado digital como Representante de Persona Jurídica https://www.sede.fnmt.gob.es/certificados/certificado-de-representante/persona-juridica) para poder iniciar el procedimiento de solicitud. La regulación de la representación, a efectos de las relaciones con las Administraciones Públicas, se encuentra recogido en el artículo 5 de la citada Ley 39/2015 (LPACAP). Y en relación a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior, el Reglamento (UE) Nº 910/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014.

La entidad solicitante debe presentar la documentación a través de la Sede Electrónica del Cabildo de Gran Canaria, al que se accederá con el “Certificado Digital como Representante” de la entidad, debiendo adjuntase a la Instancia General (que está disponible en la Sede Electrónica), toda la documentación relacionada en la Base Sexta de esta Convocatoria, en su punto 6.2., en formato PDF, teniendo en cuenta que los Anexos I, II, y III , deberán estar firmados electrónicamente o ser copias electrónicas auténticas del documento original. De igual forma, todos aquellos certificados que se presenten, ya sean emitidos por entidades públicas o privadas, así como los certificados emitidos por la propia asociación, también deben estar firmados electrónicamente o tener código seguro de verificación, de lo contrario constará como fotocopias y no como documentos originales.

De igual modo, se puede presentar en los restantes Registros Electrónicos habilitados al efecto: https://rec.redsara.es/

Presentación de la solicitud en el modelo establecido (Anexo I), acompañada de la documentación recogida en la base 6ª de la Convocatoria.

La solicitud de subvención deberá acompañarse de la documentación que se especifica en la Base 6ª de la Convocatoria, cumplimentando al efecto los siguientes modelos que se encuentran a disposición de los/as interesados/as, o bien puede ser descargado directamente pulsando en los siguientes enlaces:

  • Anexo I.  Solicitud de subvención.
  • Anexo II. Memoria inicial del proyecto de la acción o actividad a realizar.
  • Anexo III. Declaración responsable.

Nota: El Anexo IV. Memoria económica justificativa y Memoria final del proyecto de la acción o actividad formativa realizada se presentará en fase de justificación.

A la solicitud (Anexo I), se acompañará la siguiente documentación, conforme a la legislación vigente:

  1. C.I.F. de la Asociación o Federación.
  2. Estatutos de la Asociación o Federación, en vigor y visados por el Registro de Asociaciones de Canarias o el Registro de Asociaciones Nacional, según corresponda.
  3. D.N.I. en vigor del/la Representante Legal de la Asociación o Federación.
  4. En caso de asociaciones inscritas en el Registro de Asociaciones Nacional: certificado acreditativo de quien ostente la representación legal, emitido por el citado Registro o en su defecto, poderes de dicha representación, con la que actúa la persona que suscribe la solicitud, y en cualquiera de estos dos casos, han de estar actualizados dentro del plazo de presentación de la misma.
  5. Memoria del proyecto de la acción o actividad a realizar, conforme a los apartados del modelo establecido (Anexo II), firmado electrónicamente.
  6. Declaración responsable, conforme al modelo Anexo III, debidamente cumplimentada y firmada electrónicamente con CERTIFICADO DIGITAL con firma electrónica de representante de:
  • No estar incurso en ninguna de las prohibiciones establecidas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como, en caso de encontrarse obligado, de estar al corriente de pago en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
  • Declarar el conjunto de las subvenciones, ayudas o ingresos de cualquier tipo solicitados para la misma finalidad y conceptos subvencionables, de cualesquiera otras personas o entidades públicas o privadas.
  • Que no tiene pendiente de justificación subvención alguna concedida por el Cabildo de Gran Canaria.
  • Que todo el personal, incluido el voluntario, al que corresponde la realización de actividades en la que participen personas menores de edad, no ha sido condenado por sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad sexual, trata  explotación de menores, según lo previsto en el artículo 57.1  de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, y en el artículo 8.4 de la Ley 45/2015, de 14 de octubre de voluntariado.
  • Cumplir la normativa vigente sobre protección de datos prevista en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales y el Reglamento Europeo (UE) 679/2016, de 27 de abril, y recabar el consentimiento de las personas beneficiarias de las acciones, siempre y cuando la dinámica de éstas lo permitan, para la toma de imágenes de las mismas, durante su realización y su posterior difusión.
  1. Presupuesto del seguro de responsabilidad civil, que se suscribiría para el grupo de beneficiarios/as con el que va a desarrollar la acción o actividad o póliza en vigor, suscrita para tal fin.
  2. Alta/Modificación a terceros del Cabildo de Gran Canaria, sólo en el caso de no encontrarse dado de alta en la correspondiente base de datos del Sistema de Información contable del Cabildo o cuando se hayan modificado los datos consignados, en la presentada en su momento, pudiendo hacerlo directamente en la Sede Electrónica de este Cabildo: https://sede.grancanaria.com/informacion-alta-terceros, y para lo que se requiere CERTIFICADO DIGITAL con firma electrónica del representante de la Asociación como tal.
  3. Aquellas asociaciones que no tengan su sede (domicilio fiscal) en Gran Canaria, y a efectos  de acreditar que tienen una delegación abierta en esta Isla,  han de  aportar certificación del acta de reunión o el acuerdo adoptado, sobre la apertura, y/o traslado de la misma, en el que deberá constar, la fecha del acuerdo adoptado, la calle, número, municipio, provincia y código postal de dicha delegación, además de acompañar a esta certificación, contrato de propiedad, arrendamiento o cesión del inmueble bajo cualquier otro título.

Anexo I. Solicitud de subvención - 01.feb.2023 - 163,3 kb

Anexo II. Memoria inicial del proyecto de la acción o actividad a realizar - 01.feb.2023 - 73,5 kb

Anexo III. Declaración responsable - 01.feb.2023 - 321,9 kb

Anexo IV. Memoria económica justificativa y Memoria final del proyecto de la acción o actividad formativa realizada - 01.feb.2023 - 78,2 kb