Preguntas frecuentes

Solicitud de leña (solicitud de aprovechamiento de restos de corta)

¿Necesito autorización para solicitar leña?

El objeto de este trámite es solicitar leña procedente de tratamientos selvícolas para uso propio. El aprovechamiento de leñas para uso propio no precisa de autorización administrativa. Se puede solicitar en cualquier época del año.

Este procedimiento pretende aclarar los pasos necesarios para realizar una correcta gestión de las distintas solicitudes de particulares para el aprovechamiento de leñas procedente de cortas varias, tratamientos selvícolas, etc., que realiza el Cabildo de Gran Canaria.

  • El particular interesado deberá completar la solicitud específica para ello solicitando la retirada de leña procedente de los tratamientos selvícolas realizados por el Cabildo, para uso particular, que podrá obtener en el siguiente enlace: solicitud de leña para uso particular
  • La solicitud es recibida en el Servicio de Medio Ambiente, que remitirá correo electrónico al interesado adjuntando el documento que le informa del procedimiento a llevar a cabo para la retirada de la leña.

¿Cuáles son los condicionantes para solicitar leña?

  • La cantidad máxima permitida al día, una vez al mes, se detalla a continuación: Leña: 2 m3 Retama: 16 m3 Troncos: 5 troncos
  • Para la saca de los restos se utilizarán procedimientos manuales, respetando la flora que vegeta en la zona.
  • Está permitida la utilización de motosierra para el troceado de los restos, salvo en Época de Alto Riesgo de Incendio Forestal (meses de julio, agosto y septiembre), en que la utilización de motosierra se encuentra prohibida.
  • Los vehículos a motor, permanecerán en las pistas o carreteras sin adentrarse en el interior del monte. En todo momento deben quedar practicables las carreteras y pistas forestales existentes