Preguntas frecuentes

Espacio Natural Protegido y Zona Especial de Conservación

¿Qué son los Espacios Naturales Protegidos?

Son superficies de territorio que gozan de protección legal de la Comunidad Autónoma de Canarias para la conservación de sus valores naturales, paisajísticos y/o culturales.

¿Qué son las Zonas de Especial Conservación de la Red Natura 2000?

Son espacios que forman parte de una red europea para la conservación de hábitats y especies en todos los países de la Unión.

¿Son todos los ENP iguales?

No. En función de la mayor importancia de unos valores frente a otros, y de sus dimensiones, existen distintas categorías de ENP.

¿Son todas las ZEC iguales?

Las hay que han sido declaradas por su importancia para las aves (zonas ZEPA), y las hay declaradas por la presencia de hábitats y especies de importancia para la Unión Europea (Lugares de Importancia Comunitaria).

¿Qué tipos de ENP existen?

Los ENP existentes en GC son: Reservas Naturales Integrales (dimensiones reducidas, gran valor ambiental), Parques Naturales (gran superficie y gran valor ambiental), Reservas Naturales Especiales (dimensiones reducidas, medios valores ambientales, ciertos usos humanos), Parques Rurales (gran superficie, valores ambientales medios y gran uso humano), Paisajes Protegidos (valores paisajísticos, gran superficie), Monumentos Naturales (valores paisajísticos, mediana o pequeña superficie) y Sitios de Interés Científico (pequeña superficie y un valor ambiental concreto: poblaciones de especies, etc.).

¿Es verdad que en los ENP no se puede hacer nada?

Incorrecto. En los Parques Rurales y los Paisajes Protegidos, el objetivo es la conservación de sus valores naturales junto con el desarrollo armónico de las poblaciones que viven en ellos. Incluso en las categorías de ENP donde predominan los valores naturales, los usos preexistentes, siempre que no pongan en peligro su conservación, pueden mantenerse en las condiciones actuales.

Quiero desarrollar una actividad o hacer un uso en un ESPACIO NATURAL PROTEGIDO, ¿qué debo hacer?

Si tiene intención de realizar alguna actividad en un lugar que se encuentre dentro de un Espacio Natural Protegido, le aconsejamos que se informe de si la misma es permitida, autorizable o prohibida, para ello puede:

  • Consultar la normativa que regula el espacio natural. La mayor parte de estos ENP tienen su correspondiente instrumento de planeamiento y gestión aprobado, de acuerdo a lo establecido en la legislación específica. En el siguiente enlace se encuentran los mencionados documentos: http://www.gobiernodecanarias.org/cmayot/espaciosnaturales/instrumentos/grancan_descarga.html
  • Solicitar información por escrito, dirigiendo la consulta al servicio de medio ambiente del Cabildo, documento en el que debe especificar la actividad a realizar y el lugar exacto en la que planea ejecutarla.

¿Qué diferencia hay entre una ZONA DE ESPECIAL CONSERVACIÓN DE LA RED NATURA 2000 (ZEC) y un ENP?

Los primeros los declara la Comisión Europea y los segundos, la Comunidad Autónoma de Canarias. Los ENP establecen distintas zonas y los usos que se pueden realizar o no en ellas. Las ZEC no establecen distintos usos por zonas, sino estrategias para la conservación y mejora de los hábitats y especies que justifican su declaración.

¿Cuál es el procedimiento de Filmación y Fotografía en Espacio Natural Protegido?

https://cabildo.grancanaria.com/-/tramite-tramite-solicitud-de-autorizaicion-para-filmacion-y-fotografia-en-espacio-naturl-protegido

  • Presentación de la instancia o solicitud, en el Registro de la corporación mediante cita previa llamando al 928 21 92 29 (Horario de 09:00h a 14:00h).

La misma ha de ser presentado con, al menos, 1 mes de antelación a la fecha prevista para su realización.

  • La solicitud ha de contener, necesariamente, la siguiente información:
    • La identificación del lugar exacto en que se va a realizar la actividad, preferentemente en formato digital kmz, kml o gpx, con el fin de determinar el tipo de espacio natural protegido al que pertenece.
    • El número de personas que van a participar en la actividad, así como medios y equipos que se van a utilizar para el desarrollo de la misma.
    • El día o días en que se va a realizar, y horario previsto para ello.

Es posible emitir una autorización con valor para un año, siempre y cuando la actividad se desarrolle en unos lugares concretos y previamente establecidos, y bajo el cumplimiento de los condicionantes que se establezcan en la autorización.

  • Copia del DNI o NIF de la persona o empresa que solicita autorización, como responsable de la actividad.
  • Los solicitantes deberán aportar seguro de responsabilidad que cubra el riesgo de accidente de las personas que realizan la actividad y los posibles daños a terceros.

 

  • La actividad solicitada ha de ser informada por el técnico responsable del espacio natural protegido en que se vaya a realizar, y posteriormente se emitirá la autorización administrativa que corresponda, que se notificará a la persona o entidad interesada.