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Programa de colaboración con los Ayuntamientos de Gran Canaria para la Gestión del Servicio Insular de Teleasistencia Domiciliaria 1 de enero 30 de junio 2020

El objeto

La concesión de subvenciones para el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2020 por parte del Cabildo de Gran Canaria a los Ayuntamientos de la isla, en la modalidad de aportación económica, para la prestación de un Servicio de Teleasistencia Domiciliaria.

Destinatarios

Ayuntamientos de la isla de Gran Canaria.

Presentación

El plazo de presentación de solicitudes será de DIEZ (10) DÍAS HÁBILES contados a partir del día siguiente a la publicación en la página web corporativa www.grancanaria.com.

Fecha de inicio: 13/01/2020 Fecha de fin: 24/01/2020

Observaciones

La validez de la información que aquí se recoge es orientativa para más información consulte la normativa aplicable al procedimiento.

  • Programa de Colaboración con los Ayuntamientos de Gran Canaria para la gestión del Servicio Insular de Teleasistencia Domiciliaria dentro del periodo comprendido entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2020.
  • Ordenanza General de Subvenciones del Excmo. Cabildo Insular de Gran Canaria, de 22 de diciembre de 2008 (Boletín Oficial de la Provincia nº 166, de 26 de diciembre de 2008).
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de subvenciones.
  • Bases de ejecución del Presupuesto del Cabildo de Gran Canaria para el ejercicio correspondiente y las restantes normas de derecho administrativo que resulten de aplicación.

Programa de colaboración con los Ayuntamientos de Gran Canaria para la Gestión del Servicio Insular de Teleasistencia Domiciliaria 1 de enero 30 de junio 2020 - 10.ene.2020

Órgano de inicio

Consejo de Gobierno Insular

Órgano de resolución

La Consejera de Gobierno de Política Social y Accesibilidad

Cómo recurrir

Contra la Resolución, que agota la vía administrativa, al amparo de lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo, la Corporación interesada,  podrá:

Formular Requerimiento previo en el plazo de DOS (2) MESES, a contar desde el día siguiente al del recibo de la notificación, que se entenderá rechazado si, dentro del mes siguiente a su recepción, el requerimiento no fuera contestado.

O, en su defecto, interponer directamente recurso contencioso administrativo, en el plazo de DOS (2) MESES a contar desde el día siguiente al del recibo de la notificación. Cuando hubiera precedido el requerimiento previo señalado en el párrafo anterior, el plazo se contará desde el día siguiente a aquel en que se reciba la comunicación del acuerdo expreso o se entienda presuntamente rechazado.

Todo ello, sin perjuicio de interponer cualquier otro recurso que estime procedente.

Vías de tramitación

Sede electrónica

Presencial

Se presentará en el Registro General del Cabildo de Gran Canaria, sito en la C/ Pérez Galdós, planta baja del edificio anexo a la Casa Palacio, en cualquiera de los Registros Desconcentrados del Cabildo de Gran Canaria cuyas direcciones pueden ser consultadas en la sede electrónica www.grancanaria.com, así como por cualquiera de los medios a que se refiere el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Serán gastos subvencionables los derivados de la contratación del Servicio de Teleasistencia por el Ayuntamiento que se realicen desde el 1 de enero hasta el 30 de junio de 2020 o, en el supuesto de prórroga, los derivados de la contratación del mencionado servicio en el periodo de prórroga.

A estos efectos se considera gasto realizado el que dentro del plazo de justificación señalado en el apartado 11 del presente Programa se encuentre, al menos, en fase de reconocimiento de la obligación.

Podrán acceder a la condición de beneficiarios de las presentes subvenciones todos los Ayuntamientos de la Isla.

No podrán ser beneficiarios las entidades en las que concurran alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la LGS y en la Base 6ª de la Ordenanza General de Subvenciones de esta Corporación.

La solicitud de subvención se formalizará en un solo ejemplar y según modelo Anexo I SOLICITUD DE SUBVENCIÓN.

Se acompañará de la siguiente documentación preceptiva:

  1. Copia de la documentación acreditativa de la personalidad del representante (DNI, NIE, PASAPORTE). Si no se presenta, se presumirá que su consulta está autorizada por los interesados, salvo que manifiesten en el procedimiento su oposición expresa.
  2. Copia compulsada de la documentación acreditativa de la representación con la que actúa: Certificación acreditativa de la personalidad del firmante y, en su caso, de la representación o delegación que ostente, emitida por el Secretario de la Corporación Local.
  3. Declaración responsable, según modelo Anexo II, otorgada ante fedatario público, relativa a que la entidad solicitante no se encuentra incursa en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la LGS; de que no dispone de recursos suficientes para financiar transitoriamente la ejecución de la actividad y de que la entidad se encuentra al corriente de las obligaciones derivadas de la obtención, con anterioridad, de subvenciones del Cabildo de Gran Canaria.

Los modelos a los que hacen referencia el apartado 5.1 estarán disponibles en la sede electrónica www.grancanaria.com.

Anexos concesión

  • Anexo I- Solicitud de subvención.
  • Anexo II- Declaración responsable.

Anexos ejecución y justificación

  • Anexo III- Criterios Económicos Orientativos.
  • Anexo IV- Ficha Usuarios Teleasistencia.
  • Anexo V- Modelo de cartel.
  • Anexo VI- Memoria de actuación.
  • Anexo VII- Estado representativo de los gastos incurridos en la realización del Programa subvencionado.
  • Anexo VIII- Declaración responsable justificación.

Anexo I- Solicitud de Subvención - 10.ene.2020 - 201,9 kb

Anexo II- Declaración responsable - 10.ene.2020 - 51,4 kb

Anexo III- Criterios Económicos Orientativos - 10.ene.2020 - 52,7 kb

Anexo IV- Ficha Usuarios Teleasistencia - 10.ene.2020 - 222,7 kb

Anexo V- Modelo de cartel - 10.ene.2020 - 40,7 kb

Anexo VI- Memoria de actuación - 10.ene.2020 - 143,5 kb

Anexo VII- Estado representativo de los gastos incurridos en la realización del Programa subvencionado - 10.ene.2020 - 44,7 kb

Anexo VIII- Declaración responsable justificación - 10.ene.2020 - 82,5 kb