- En cuanto a los solicitantes:
Los titulares de autorizaciones tanto de transporte público como privado complementario de viajeros y mercancías deberán cumplir en todo momento los siguientes requisitos:
a) Ser persona física, no pudiendo otorgarse autorizaciones de forma conjunta a más de una persona ni a comunidades de bienes, o bien persona jurídica, debiendo revestir en este caso la forma de sociedad mercantil, sociedad laboral o cooperativa de trabajo asociado, salvo en el caso de autorizaciones de transporte privado complementario que podrán ser otorgadas a comunidades de bienes.
b) Tener la nacionalidad española o la de otro Estado de la Unión Europea o de otro país extranjero con el que, en virtud de lo dispuesto en los Tratados o Convenios internacionales suscritos por España, no sea exigible el citado requisito.
c) Cumplir las obligaciones fiscales.
d) Cumplir las obligaciones laborales y sociales.
- En cuanto a los vehículos:
a) Tener capacidad de tracción propia.
b) Estar matriculados y habilitados para circular por el correspondiente permiso de circulación.
c) Hallarse vigente la última inspección técnica periódica que legalmente les corresponda.
d) Tener suscrito seguro obligatorio de accidentes y de responsabilidad civil.