Órgano de inicio
La Sra. Consejera de Área de Igualdad, Diversidad y Transparencia
Órgano de resolución
La Sra. Consejera de Área de Igualdad, Diversidad y Transparencia
Observaciones
Se estará a lo dispuesto en el artículo 21 de la ley 39/2015 de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Cómo recurrir
Contra la resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados según establece el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al de la recepción de la notificación. Asimismo, existe la posibilidad de impugnar directamente el citado acuerdo mediante la interposición de recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, sin perjuicio de cuantos otros recursos se consideren oportunos y resulten procedentes.