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Subvenciones Nominativas para la ejecución de inversiones del Pacto de Estado contra la violencia de género en la isla de Gran Canaria - ejercicio 2022

El objeto

La concesión de las subvenciones previstas nominativamente en el Presupuesto de la Consejería de área de Igualdad, Diversidad y Transparencia del Cabildo de Gran Canaria para el ejercicio 2022, para la ejecución de inversiones del Pacto de Estado contra la violencia de género en la isla de Gran Canaria durante el año 2022.

Destinatarios

Entidades sin ánimo de lucro previstas nominativamente en el Presupuesto de la Consejería de área de Igualdad, Diversidad y Transparencia del Cabildo de Gran Canaria para el ejercicio 2022, y que forman parte de la Red Canaria de Centros y Servicios de Atención a situaciones de violencia de género.

Presentación

El plazo de presentación de solicitudes será de CINCO DÍAS contados a partir del día siguiente a la notificación de la carta de la Sra. Consejera de Área de  Igualdad, Diversidad y Transparencia, en el que se comunica a la entidad beneficiaria el importe consignado en el Presupuesto de la Consejería para el ejercicio 2022, para la ejecución de inversiones.

Observaciones

La validez de la información que aquí se recoge es orientativa, para más información consulte la normativa aplicable al procedimiento. 

  • Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
  • Ley 16/2003, de 8 de abril Canaria de Prevención y Protección Integral de las Mujeres Víctimas de Violencia de Género.
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de subvenciones..
  • Ordenanza General de Subvenciones del Cabildo de Gran Canaria.
  • Bases de Ejecución del Presupuesto del Cabildo de Gran Canaria, para el ejercicio 2022, y demás normas que resulten de obligado cumplimiento.

Ordenanza General de Subvenciones del Cabildo Insular de Gran Canaria (Boletín Oficial de la Provincia nº 166, de 26 de diciembre de 2008). - 19.nov.2013

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones - 19.nov.2013

Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de subvenciones. - 19.nov.2013

Ley 16/2003, de 8 de abril, de Prevención y Protección Integral de las Mujeres Víctimas de Violencia de Género, artículo 45. - 01.mar.2016

Órgano de inicio

La Sra. Consejera de Área de Igualdad, Diversidad y Transparencia

Órgano de resolución

La Sra. Consejera de Área de Igualdad, Diversidad y Transparencia

Observaciones

El plazo máximo para la resolución y notificación será de SEIS MESES contados a partir del día siguiente a la notificación de la carta de la Sra. Consejera, en la que se comunica a la entidad beneficiaria el importe consignado en el Presupuesto de la Consejería para el ejercicio 2022 para la ejecución de inversiones.

Transcurrido el plazo máximo para resolver el procedimiento sin que haya recaído resolución expresa, se podrá entender desestimada la solicitud, de acuerdo con lo previsto en el artículo 25.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Cómo recurrir

Contra la resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados según establece el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al de la recepción de la notificación. Asimismo, existe la posibilidad de impugnar directamente el citado acuerdo mediante la interposición de recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de la  notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, sin perjuicio de cuantos otros recursos se consideren oportunos y resulten procedentes.

Vías de tramitación

Sede electrónica

El lugar de presentación será:

sedegrancanaria.com o rec.redsara.es

Podrán acceder a la condición de beneficiarias de la presente subvención todas aquellas entidades sin ánimo de lucro para las que esté previsto nominativamente en el Presupuesto de la Consejería de área de Igualdad, Diversidad y Transparencia del Cabildo de Gran Canaria, para el ejercicio 2022.

La solicitud de subvención se formalizará en un solo ejemplar y según modelo:

Anexo I: Solicitud de gastos de inversión. 

Anexo II: Declaración responsable.

 

PLAZO DE EJECUCIÓN Y JUSTIFICACIÓN:

El período máximo de ejecución y justificación será el 31 de octubre de 2022.

Anexo I.- Solicitud de gastos de inversión. - 07.jun.2022 - 357,8 kb

Anexo II.- Declaración responsable. - 07.jun.2022 - 478,5 kb

Anexo III.- Memoria Actuación gastos de inversión. - 17.oct.2022 - 661,6 kb