Órgano de inicio
El Consejo de Gobierno Insular del Cabildo de Gran Canaria.
Órgano de tramitación
Servicio de Empleo y Desarrollo Local
Órgano de resolución
Es competente para la resolución de la Convocatoria el Consejero de Gobierno de Empleo y Transparencia, por delegación del Consejo de Gobierno Insular.
Observaciones
Las distintas notificaciones que deban efectuarse durante la tramitación del procedimiento administrativo se efectuarán en la página web del Cabildo de Gran Canaria (www.grancanaria.com).
Cómo recurrir
Contra la Resolución definitiva, que pondrá fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno Insular, en el plazo de UN MES (1) a contar a partir del día siguiente a su publicación, si el acto fuera expreso; y si el acto no fuera expreso, se podrá interponer dicho recurso en cualquier momento a partir del día siguiente a aquél en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto, conforme a lo establecido en el art. 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra la Resolución definitiva también se puede interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de DOS MESES (2) contados desde el día siguiente a su publicación si el acto fuera expreso; si no lo fuera, el plazo será de SEIS MESES (6), y se contará a partir del día siguiente a aquel en que, de conformidad con el apartado anterior, se produzca el acto presunto; según dispone el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.