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Convocatoria de subvenciones para el control de la tuta absoluta en el cultivo del tomate. Anualidad 2023

El objeto

El objeto de la presente convocatoria es regular el procedimiento de otorgamiento de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva a entidades asociativas de Gran Canaria que comercialicen tomate tanto para el mercado local como fuera del ámbito territorial de Canarias.

Destinatarios

Podrán acceder a la condición de beneficiario de la presente subvención las Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas y las entidades asociativas de productores de tomate de Gran Canaria en las que concurran los requisitos establecidos en el punto 2 de la Convocatoria.

Presentación

El plazo de presentación de solicitudes será de VEINTE DIAS a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

Fecha de inicio: 05/12/2022 Fecha de fin: 03/01/2023

Órgano de inicio

Consejero de Sector Primario y Soberanía Alimentaria

Órgano de tramitación

Consejero de Sector Primario y Soberanía Alimentaria

Órgano de resolución

Consejero de Sector Primario y Soberanía Alimentaria

Cómo recurrir

Contra la resolución definitiva, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo dictó, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de notificación de la resolución o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de la resolución.

Transcurrido el plazo máximo para resolver el procedimiento sin que haya recaído resolución expresa podrá interponerse recurso potestativo de reposición en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica se produzca el acto presunto en la forma determinada en el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de seis meses desde el día siguiente de producirse el acto presunto, como se determina en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa

Vías de tramitación

Sede electrónica

La solicitud, acompañada de la documentación que resulte preceptiva, se presentará de forma telemática, a través de la sede electrónica del Cabildo de Gran Canaria: https://sede.grancanaria.com/es por ser obligatoria para las personas contempladas en el art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Común de las Administraciones Públicas.