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2022 Subvenciones Nominadas para colaborar en la financiación de los gastos corrientes y/o de inversiones de los proyectos o actividades a desarrollar por los Ayuntamientos

El objeto

El objeto del presente marco normativo es regular el procedimiento de concesión de las subvenciones previstas nominativamente en el Presupuesto de la Consejería de Gobierno de Presidencia del Cabildo de Gran Canaria para el ejercicio 2022 inicialmente aprobado, para colaborar en la financiación de los gastos corrientes y/o de inversiones de los proyectos o actividades a desarrollar por los Ayuntamientos de Gran Canaria previstos nominativamente en el Presupuesto de la Consejería de Gobierno de Presidencia, para la anualidad 2022.

Destinatarios

Subvenciones dirigidas a:

  • Ayuntamientos de Gran Canaria

Presentación

Fecha de inicio del plazo de presentación: Desde el día siguiente al recibo de la comunicación.

El plazo de presentación de solicitudes será hasta el día que figura en la comunicación.

Mediante carta del Sr. Consejero de Gobierno de Presidencia se comunicará a los beneficiarios de la subvención nominada, la denominación del proyecto y el importe consignado en el Presupuesto de la Consejería de Gobierno de Presidencia del Cabildo de Gran Canaria para el ejercicio 2022.

Fecha de inicio: 10/02/2022 Fecha de fin: 31/12/2022

La Regulación aplicable a la concesión, ejecución y justificación de las presentes subvenciones será el contenido en la resolución de concesión y en la siguiente normativa:

  • Ordenanza General de Subvenciones del Cabildo de Gran Canaria (BOP de Las Palmas nº 166, de 26 de diciembre de 2008).
  • Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
  • Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la LGS
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y demás normas de derecho administrativo que sean de aplicación.
  • Bases de Ejecución del Presupuesto del Cabildo de Gran Canaria para el año 2022 (Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 14, miércoles 2 de febrero 2022).
  • Reglamento Orgánico del Cabildo Insular de Gobierno y Administración del Cabildo Insular de Gran Canaria (BOC, nº 241 de 15/12/2016).

Ordenanza General de Subvenciones del Cabildo de Gran Canaria (BOP de Las Palmas nº 166, de 26 de diciembre de 2008). - 09.feb.2021

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones - 09.feb.2021

Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la LGS - 09.feb.2021

Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y demás normas de derecho administrativo que sean de aplicación. - 09.feb.2021

Bases de Ejecución del Presupuesto del Cabildo de Gran Canaria para el año 2022 (Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas. Número 14, miércoles 2 de febrero 2022) - 10.feb.2022

Reglamento Orgánico del Cabildo Insular de Gobierno y Administración del Cabildo Insular de Gran Canaria (BOC, nº 241 de 15/12/2016). - 09.feb.2021

Gastos corrientes y/o de inversiones de los proyectos o actividades a desarrollar por los Ayuntamientos de Gran Canaria previstos nominativamente en el Presupuesto de la Consejería de Gobierno de Presidencia, para la anualidad 2022.

Órgano de inicio

Consejero de Presidencia

Órgano de resolución

Consejero de Presidencia

Cómo recurrir

Requerimiento previo a la vía jurisdiccional contencioso-administrativa establecido en el artículo 44 de la vigente Ley 29/1998 de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación de la resolución ante el Consejo de Gobierno Insular o bien interponer directamente RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO, en el plazo de DOS MESES, contados igualmente a partir del día siguiente al de su notificación de la resolución,ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Vías de tramitación

Sede electrónica

Podrán acceder a la condición de beneficiario, todos aquellos Ayuntamientos previstos nominativamente en el Presupuesto de la Consejería de Gobierno de Presidencia del Cabildo de Gran Canaria para el ejercicio 2022.

SE REQUIERE QUE LOS DOCUMENTOS SE PRESENTEN NUMERADOS Y ORDENADOS, CONFORME A ESTA RELACIÓN

Doc. 1.Solicitud de subvención.

Doc. 2.Documentos acreditativos de la personalidad de la Corporación solicitante, y, en su caso, de la representación de quién actúe en su nombre.

Doc. 3.Documentación de Identificación Fiscal de la Corporación solicitante.

Doc. 4.Certificado del acuerdo del órgano competente de la Corporación en el que se acredite la necesidad de llevar a cabo la actuación para la que se solicita la subvención y la insuficiencia de recursos para financiar el total de la inversión.

Doc. 5.Certificación emitida por el órgano competente de la Corporación, acreditativa de que la actividad para el que solicita subvención está enmarcada en el ámbito competencial de la Ley 7/1985, en el de la Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias, o en la norma que corresponda, o bien, inclusión expresa en el acuerdo de aprobación del proyecto de que se trate del título competencial que legitima la intervención.

Doc. 6.Certificación del Interventor de la Corporación en la que se especifique:

  • Capítulo del presupuesto de gastos municipal donde se prevé la anotación contable de los gastos imputables a la subvención.                         
  • Existencia de crédito previsto para costear el porcentaje no subvencionado del coste del proyecto cuya cofinanciación se solicite, en su caso.

Doc. 7.Declaración responsable suscrita por el Alcalde de la Corporación solicitante en la que se haga constar:

  • Que la Corporación no se haya inhabilitada para recibir ayudas o subvenciones de las Administraciones Públicas.
  • Que la Corporación tiene plena capacidad jurídica y de obrar, de no encontrarse incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar y de no encontrarse incurso en causas de prohibición de las establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  •  Que la Corporación no ha recibido ayudas o subvenciones con el mismo objeto de cualquier Administración, Ente público o entidades privadas. En el caso de haberlas recibido, se hará constar la entidad, el concepto e importe de las mismas.
  • Que la Corporación no tiene pendiente de justificar ninguna subvención otorgada con anterioridad por el Cabildo de Gran Canaria o por cualquier Administración Pública.
  • Que la Entidad solicitante no ha recibido ayudas u otras atribuciones patrimoniales gratuitas de entidades privadas o particulares para el mismo destino o, en su caso, el importe de las recibidas.

Doc. 8.Memoria de las actuaciones a realizar y que justifiquen la actuación/inversión, debidamente firmada por el órgano competente; así como los efectos que se esperan obtener con la misma, contenga, al menos, los siguientes apartados:

  1. las actuaciones a realizar y su justificación
  2. los objetivos que persiguen las mismas
  3. detalle de las actividades concretas que se van a realizar dentro del proyecto
  4. capítulo del presupuesto municipal en el que se anotará contablemente los gastos del proyecto.

Se adjunta modelo.

Doc. 9.Presupuesto de las actuaciones a realizar, incluidas en la memoria, señalando los conceptos de gastos que se prevé realizar detallados por conceptos facturables, su importe y la explicación de que corresponde a un gasto que de manera indubitada responde a la naturaleza de la actividad subvencionada y resulta estrictamente necesarios para la consecución de los objetivos.

Doc. 10.En el caso de proyectos de ejecución de obras:

Anteproyecto de las actuaciones a realizar, debidamente aprobado, comprensivo de los datos generales, descripción (definición de materiales, dimensiones y características técnicas con los planos o croquis pertinentes) y presupuesto de inversiones.

Asimismo, y según dispone el artículo 7 de la Ley 8/1995, de 6 de abril, de Accesibilidad de barreras físicas y de la comunicación, deberán justificar su cumplimiento a través de la presentación de la ficha técnica de accesibilidad obligatoria; elaborada según el Anexo 6º del reglamento de Desarrollo de la citada Ley (Decreto 227/1997, de 18 de septiembre).

Doc. 11.Certificación expedida por el órgano competente acreditativa del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la hacienda estatal y autonómica, así como respecto a la Seguridad Social o bien Declaración Jurada de encontrarse al corriente en dichas obligaciones o autorización para que esta Corporación lo solicite.

Doc. 12.Previsiones de ingresos y gastos de la actividad a desarrollar o conducta a adoptar.

Doc. 13.Datos de contacto a efectos de la tramitación del expediente administrativo (trabajador/a, teléfono, correo electrónico…).

Condiciones Generales - 10.feb.2022 - 211,2 kb

Relación de documentos - 10.feb.2022 - 133,1 kb

Anexo I Solicitud de Subvención Nominada - 10.feb.2022 - 231,3 kb

Modelo de Memoria del proyecto, programa o actividad Ayuntamientos - 10.feb.2022 - 412,7 kb

Previsión Ingresos y Gasto.pdf - 10.feb.2022 - 265,4 kb