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CONVOCATORIA DE BECAS PARA COMPLEMENTAR PROGRAMAS DE MOVILIDAD ERASMUS+/ CICLO SUPERIOR FORMATIVO, curso académico 2022/2023.

El objeto

La convocatoria tiene por objeto la concesión de becas al estudio, en atención a la concurrencia en los beneficiarios de la condición de estudiantes, en su modalidad de estudios realizados por personas integradas en los Programas de Movilidad ERASMUS + /Ciclo Superior Formativo, durante el curso académico 2022/2023, otorgándoles una subvención para sufragar los posibles gastos corrientes ocasionados por esta circunstancia.

Destinatarios

Sólo podrán ser beneficiarios/as de esta beca los/as estudiantes que cumplan acumulativamente los siguientes requisitos:

  • Ser español, o poseer la nacionalidad de un estado miembro de la Unión Europea. En el caso de ciudadanos de la Unión o de sus familiares, beneficiarios de los derechos de libre circulación y residencia, se requerirá que tengan la condición de residentes permanentes o que acrediten ser trabajadores por cuenta propia o ajena.

Tendrán la consideración de “familiares”, el cónyuge o la pareja legal así como los ascendientes directos a cargo y los descendientes directos a cargo menores de 25 años. 

En el supuesto de extranjeros no comunitarios, se aplicará lo dispuesto en la normativa sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

  • Acreditar su condición de residentes en Gran Canaria, con una antigüedad de al menos un año, debiendo la residencia ser continuada e inmediatamente anterior a la convocatoria, y tener domiciliada la renta familiar en Gran Canaria. A estos efectos se considerará que la renta familiar está domiciliada en Gran Canaria cuando, comprobada la renta del año 2021 de la totalidad de los miembros de la unidad familiar, la persona o personas que hubieran obtenido la mayoría de las rentas computables de aquella tuvieran su domicilio fiscal en Gran Canaria. Para el cálculo de la renta computable, se estará a lo dispuesto en el artículo 10 de la presente convocatoria.
  • Ostentar la condición de estudiante de Ciclos Formativos de Grado Superior, integrado en el Programa de Movilidad Erasmus + en el curso académico 2022/2023.

Presentación

A partir del día siguiente de la publicación en el BOP

Fecha de inicio: 09/12/2022 Fecha de fin: 09/01/2023

 

Además de  lo previsto en la presente convocatoria, esta subvención se regirá, en cuanto le fuere de aplicación, por lo dispuesto en la O.G.S., así como en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento de Desarrollo aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; y en lo no previsto en aquéllas, por lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aplicándose subsidiariamente el resto de normas y disposiciones del ordenamiento jurídico administrativo, y en su defecto, las normas del derecho privado.

 

Ley 38 2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones. - 22.jul.2022

Real Decreto 887 2006 de 21 de julio por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38 2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones - 22.jul.2022

Ley 40 2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector - 22.jul.2022

Ley 7 1985 de 2 de abril Reguladora de las Bases del Régimen - 22.jul.2022

Real Decreto Legislativo 2 2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales - 22.jul.2022

Colaborar en sufragar los gastos corrientes originados como consecuencia de participar en los indicados programas de movilidad.

Órgano de inicio

Consejería de Educación y Juventud

Órgano de tramitación

Consejería de Educación y Juventud

Órgano de resolución

Consejería de Educación y Juventud

Plazo de resolución

Plazo: 09/07/2023

Observaciones

La información aquí recogida es meramente informativa. Para más información consulte la ordenanza específica de la Convocatoria publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número 147 , de 7 de diciembre de 2022.

Las distintas notificaciones a que de lugar este procedimiento administrativo se efectuarán en la página web de esta Corporación Insular (www.grancanaria.com) y en la de la Consejería de Educación y Juventud (www.grancanariajoven.es).

Cómo recurrir

Contra la presente convocatoria podrá interponerse RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN ante el Consejo de Gobierno Insular, en el plazo de UN (1) MES a contar desde el día siguiente al de la publicación en el  tablón de anuncios del Cabildo de Gran Canaria y en la página web www.grancanaria.com, o en su defecto, y en el plazo de DOS (2) MESES, contados de la misma forma, interponer directamente RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria.

Contra los actos definitivos en vía administrativa, dictados por la Sra. Consejera de Educación y Juventud para el desarrollo de la convocatoria, podrá interponerse por los/as interesados/as RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN ante dicha Consejera, en el plazo de UN (1) MES a contar desde el día siguiente al de su publicación si el acto fuera expreso; o en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto, conforme a lo establecido en el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. También se puede interponer RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la resolución, si el acto fuera expreso. Si no lo fuera, el plazo será de seis meses y se contará a partir del día siguiente a aquel  en que, de conformidad con el apartado anterior, se produzca el acto presunto, según dispone el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Vías de tramitación

Sede electrónica

Tramitación electrónica sin sede

Presencial

Presentación de la solicitud.

  • D.N.I. o tarjeta de residencia en vigor del/la solicitante.
  • Original de Certificado de empadronamiento colectivo en alguno/s de los municipios de la isla de Gran Canaria en el que conste la antigüedad al menos del último año. En dicho certificado deben constar todas las personas que convivan en el domicilio del solicitante. En el supuesto de residencia en dos o más municipios diferentes dentro del último año, deberán presentarse los certificados de cada una de las Corporaciones Municipales.
  • Declaración de la renta de los miembros computables de la unidad familiar que se encuentren recogidos en el Certificado de Empadronamiento colectivo correspondiente al ejercicio 2021, incluidos los solicitantes nacidos antes del 31 de diciembre de 1996.

En el caso de no haber efectuado Declaración de la Renta, se deberá aportar Certificado de Imputaciones de la Agencia Tributaria referido al año 2021.

En el caso de ascendientes directos de los progenitores del solicitante que convivan en el mismo domicilio que el mismo, se podrá presentar Certificado de la Seguridad Social, en el caso de no haber efectuado Declaración de la renta correspondiente al ejercicio 2021.

  • Impreso oficial de Alta/Modificación a terceros de este Cabildo, incluyendo obligatoriamente el IBAN.
  • En aquellos casos que por los hijos se reciba una pensión alimenticia por sentencia judicial, se ha de realizar una Declaración Responsable por parte del cónyuge custodio, indicando la cantidad mensual que se recibe por cada hijo/a.
  • Original de Certificado acreditativo de haber sido seleccionado como alumno/a en el marco del correspondiente Programa de Movilidad en el curso 2022/2023, con indicación del periodo de duración de la movilidad (contabilizado en meses) y el lugar donde se van a realizar las prácticas.

La solicitud se formalizará telemáticamente, para lo cual el solicitante debe contar con sistema de autenticación a través de certificado digital con AUTOFIRM@ o con CL@VE (con nivel avanzado de registro), de la siguiente manera:

  1. - Entrar en http://becas.grancanaria.com, cumplimentar los anexos (anexo I, anexo II y anexo III-B) y descargarlos.
  2. -  Firmar electrónicamente los impresos anteriores.
  3. - Entrar en la sede: http://sede.grancanaria.com
  4. - Cumplimentar una instancia general, adjuntando los tres anexos firmados y además la documentación de los apartados 5.3.1 al 5.3.6 escaneada y comprimida (en formato zip) en un único fichero.

Los Certificados deben tener código seguro de verificación. Para otorgar validez a la documentación adjunta, ésta debe poseer código de verificación o estar firmada electrónicamente por la entidad o entidades emisoras.

Para aquellos solicitantes que no tengan sistema de autenticación a través de certificado digital con AUTOFIRMA, pueden obtenerlo siguiendo los pasos detallados a continuación:

1º) Accede con tu ordenador a www.cert.fnmt.es

  • -Utiliza el mismo equipo, usuario y navegador para todo el proceso.
  • -Navegador: El establecido por la página de la FNMT.
  • -Configura tu ordenador.

2º) Solicita tu código:

  • - Obtener certificado de persona física y Software.
  • - Sigue los pasos y acepta las condiciones de expedición.
  • - Recibirás en tu cuenta de correo electrónico un Código de Solicitud que te será requerido en el momento de acreditar tu identidad.
  •  -Acredita tu identidad pidiendo cita previa en la OIAC del Cabildo, teléfono 828 10 52 02 o en cualquiera de las oficinas habilitadas al respecto.

3º) Descarga tu certificado:

  • -Accede a tu correo electrónico, sigue los pasos, acepta las condiciones de expedición y descarga el certificado electrónico.

También se podrá presentar la solicitud presencialmente en el Registro General del Cabildo de Gran Canaria situado en la planta baja del edificio administrativo anexo a la Casa Palacio (entrada por la calle Pérez Galdós) de Las Palmas de Gran Canaria, conforme se establece a continuación:

  1. - Entrar en http://becas.grancanaria.com y cumplimentar Anexo I, Anexo II  y Anexo III A y descargarlos.
  2. - Imprimir y firmar de manera manuscrita estos Anexos y presentarlos junto con la documentación exigida en los artículos 5.3.1 al 5.3.6 de la Convocatoria.

De conformidad con el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes, escritos y comunicaciones dirigidos al Cabildo de Gran Canaria también podrán presentarse en:

  • Los Registros Desconcentrados del Excmo. Cabildo de Gran Canaria.
  • En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca (Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, que aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales en desarrollo de la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal), a la siguiente dirección: C/ Bravo Murillo, n° 23, CP 35003, Las Palmas de Gran Canaria.
  • En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
  • En las oficinas de asistencia en materia de registros.
  • En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

20221130 Convocatoria Beca Ciclo formativo - 18.nov.2022 - 342,9 kb

extracto beca limpio - 07.dic.2022 - 26,4 kb