Órgano de inicio
Consejera de Gobierno de Cultura
Órgano de resolución
Consejera de Gobierno de Cultura
Observaciones
El plazo máximo para la resolución y notificación será de SEIS MESES contados a partir del día siguiente a la notificación de la carta del Sra. Consejera de Gobierno de Cultura, en el que se comunica a la entidad beneficiaria la denominación del proyecto y el importe consignado en el Presupuesto de la Consejería de Gobierno de Cultura del Cabildo de Gran Canaria para el ejercicio 2022.
Transcurrido el plazo máximo para resolver el procedimiento sin que haya recaído resolución expresa, se podrá entender desestimada la solicitud, de acuerdo con lo previsto en el artículo 25.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Cómo recurrir
Recurso potestativo de reposición, ante la Consejera de Cultura, en el plazo de UN MES contado a partir del día siguiente a la notificación o publicación, si el acto fuera expreso; o TRES MESES a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto, de conformidad con los arts. 114, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas y diligencia de delegación del Consejo de Gobierno Insular de 07 de julio de 2021.
Recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional en el plazo de DOS MESES contados desde el día siguiente a la notificación o publicación del acto que ponga fin a la vía administrativa, si fuera expreso; si no lo fuera, el plazo será de seis meses y se contará a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto; según dispone el art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.