Órgano de inicio
Consejero de Gobierno de Presidencia
Órgano de tramitación
Unidad de Participación Ciudadana
Órgano de resolución
Consejero de Gobierno de Presidencia
Cómo recurrir
Recurso Contencioso Administrativo, dentro del plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a la notificación o publicación del acto que ponga fin a la vía administrativa, si fuera expreso; si no lo fuera, el plazo será de seis meses , de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.6 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, salvo que en el plazo de dos meses se produzca el previo requerimiento a que se refiere el artículo 44 del mismo texto legal, el cual se entenderá rechazado si transcurriera un mes desde que se efectuó sin que fuese contestado.