Órgano de inicio
La Sra. Consejera de Área de Igualdad, Diversidad y Transparencia
Órgano de resolución
El órgano competente para la resolución del procedimiento será la titular de la Consejería del Cabildo de Gran Canaria competente en materia de violencia de género e igualdad.
Observaciones
El plazo máximo para la resolución y notificación será de SEIS MESES contados a partir del día siguiente a la notificación de la carta de la Sra. Consejera, en la que se comunica a la entidad beneficiaria el importe consignado en el Presupuesto de la Consejería para el ejercicio 2020 para gastos de inversión.
Transcurrido el plazo máximo para resolver el procedimiento sin que haya recaído resolución expresa, se podrá entender desestimada la solicitud, de acuerdo con lo previsto en el artículo 25.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Cómo recurrir
Contra la resolución de concesión definitiva, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dicte, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de notificación de la resolución o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de la resolución.
Transcurrido el plazo máximo para resolver el procedimiento sin que haya recaído resolución expresa podrá interponerse recurso potestativo de reposición en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica se produzca el acto presunto en la forma determinada en el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de seis meses desde el día siguiente de producirse el acto presunto, como se determina en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.