Convocatoria de Subvenciones a los Ayuntamientos de Gran Canaria para la Promoción de Proyectos, Acciones y Actividades Educativas, curso 2023/2024

El objeto

El objeto de esta convocatoria es promover proyectos, acciones y actividades educativas a realizar por los Ayuntamientos de Gran Canaria, que se desarrollen en el periodo entre el 1 de septiembre de 2023 y el 31 de mayo de 2024.

Destinatarios

Podrán ser beneficiarios de esta convocatoria de subvenciones exclusivamente los Ayuntamientos de la isla de Gran Canaria.

Presentación

En número de días/meses/años: VEINTE (20) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas.

Fecha de inicio: 23/01/2023 Fecha de fin: 17/02/2023

Observaciones

La información aquí recogida es meramente informativa, para más información consulte el Boletín Oficial de la Provincia número 9 de 20 de enero de 2023 y la ordenanza específica de la convocatoria publicada en Convocatoria de subvenciones para asociaciones de madres y padres de alumnas y alumnos de centros de enseñanza de Gran Canaria para el apoyo y fomento de acciones educativas y actividades extraescolares, curso 2023/2024.

Las distintas notificaciones a que dé lugar este procedimiento administrativo se efectuarán en el Tablón de Anuncios de la Corporación y en las webs corporativas www.grancanaria.com y/o www.grancanariajoven.es.

Además de por lo previsto en la presente convocatoria, de por lo previsto en la presente convocatoria, esta subvención se regirá, en cuanto le fuere de aplicación, por lo dispuesto en la O.G.S., así como en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento de Desarrollo aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; y en lo no previsto en aquéllas, por lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y en el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo; aplicándose subsidiariamente el resto de normas y disposiciones del ordenamiento jurídico administrativo; y, en su defecto, las normas del derecho privado.

Ordenanza General de Subvenciones del Cabildo de Gran Canaria - 29.nov.2018

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones - 14.jun.2018

Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la LGS - 14.jun.2018

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas - 11.mar.2020

Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local - 05.abr.2013

Real Decreto Legislativo 2 2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales - 20.jun.2014

Convocatoria de Subvenciones a los Ayuntamientos de GC para la Promoción de Proyectos, Acciones y Actividades Educativas, Curso 2023/2024 - 23.ene.2023

Extracto BOP Ayuntamientos - 23.ene.2023

La subvención a que se refiere la presente convocatoria se podrá conceder, de forma única y exclusiva, para los gastos corrientes que indubitadamente respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y se realicen en el plazo establecido en la convocatoria, tales como prestación de servicios por parte de ponentes o monitores, material fungible, transporte, material de difusión y otros necesarios para el desarrollo de las actividades, los cuales deberán cumplir el requisito de figurar en el proyecto y estar directamente relacionado con la actividad subvencionada.

Se subvencionará hasta el 100% del coste del proyecto, acción o actividad educativa, con el límite máximo de CUATRO MIL EUROS (4.000,00) EUROS por modalidad. En caso de optar por una sola modalidad, el importe máximo a subvencionar será de OCHO MIL (8.000,00) EUROS.

Aun estando motivados por la realización del proyecto, acción o actividad complementaria, objeto de la presente convocatoria, en ningún caso serán se subvencionarán gastos de personal, equipamiento ni de inversión, así como los señalados en el apartado 6 de la Base 19ª de la OGS del Cabildo de Gran Canaria.

Órgano de inicio

Consejería de Educación y Juventud

Órgano de resolución

Consejería de Educación y Juventud

Observaciones

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de SEIS (6) MESES, a contar a partir de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Transcurrido dicho plazo sin que haya recaído resolución expresa, se entenderá desestimada dicha solicitud, de acuerdo con lo previsto en el artículo 25.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Cómo recurrir

Contra la convocatoria podrá interponerse RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN ante el Consejo de Gobierno Insular, en el plazo de UN (1) MES a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, o en su defecto, y en el plazo de DOS (2) MESES, contados de la misma forma, interponer directamente RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria.

Contra los actos definitivos en la vía administrativa, dictados por la Sra. Consejera de Educación y Juventud para el desarrollo de la convocatoria, podrá interponerse por los/as interesados/as RECURSO POTESTATIVO DE REPOSICIÓN ante el Consejo de Gobierno Insular, en el plazo de UN (1) MES a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Tablón de Anuncios de la Corporación, o en su defecto, y en el plazo de DOS (2) MESES, contados de la misma forma, interponer directamente RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria.

Vías de tramitación

Sede electrónica

  • Telemática (Obligatoria para los sujetos incluidos en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

A través de:

  1. Nuestra Sede electrónica. La Sede electrónica es para la presentación de documentación relativa a los trámites del Cabildo de Gran Canaria y sus organismos dependientes. Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través de una sede electrónica, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los certificados electrónicos reconocidos. Si existiera un formulario específico para el trámite que va a realizar, debe hacer uso del mismo. Puede consultar todas las anotaciones de entrada (presencial o electrónicas) a través de la carpeta ciudadana que se encuentra en nuestra Sede electrónica. También puede comprobar la autenticidad de los justificantes de registro electrónico mediante el Código Seguro de Verificación (CSV) que aparece en el mismo, utilizando el servicio de Verificación de documentos
  2. Si desea presentar documentación para otras administraciones y organismos, puede utilizar el Registro Electrónico Común, siempre que no se establezca una forma de presentación específica para un trámite concreto, que en ese caso deberá hacerse por la vía que se indique. Si existieran problemas técnicos en nuestra Sede electrónica podrá usarse la de la AGE o, también, si no existiera formulario a través del cual pueda realizar el trámite que necesite.
  3. En el caso del Sector Público, si no existiera formulario espécifico para el trámite que necesite en nuestra Sede electrónica, puede realizarlo a través de su Registro Electrónico, siempre que esté integrado en el Sistema de Interconexión de Registros (SIR).

Presentación de la solicitud.

La solicitud de subvención deberá acompañarse de la documentación que se especifica en la Base 7ª de la Convocatoria, cumplimentando al efecto los siguientes modelos que se encuentran a disposición de los interesados, o bien puede ser descargado directamente pulsando en los siguientes enlaces:

Anexo I.  Solicitud de subvención.

Anexo II. Memoria inicial del proyecto de la acción educativa o actividad formativa a realizar.

Anexo III. Declaración responsable.

Nota: El Anexo IV. Memoria económica justificativa y Memoria final del proyecto de la acción educativa o actividad formativa realizada se presentará en fase de justificación.

Anexo I - 23.ene.2023 - 234,9 kb

Anexo II - 23.ene.2023 - 413,3 kb

Anexo III - 23.ene.2023 - 627,5 kb

Anexo IV - 23.ene.2023 - 582,9 kb

CONTACTO
  •  Centralita
  • T. +34 928219421
  • T. +34 928219494
OIAC
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  • oiac@grancanaria.com
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