Instrucciones para el atraque de embarcaciones en el Muelle Deportivo, Pesquero y Científico de Taliarte - Cabildo de Gran Canaria
Ciudadanía
Puertos
Instrucciones para el atraque de embarcaciones en el Muelle Deportivo, Pesquero y Científico de Taliarte
Información
El objeto
Ordenar los atraques y amarres de embarcaciones.
Destinatarios
Usuarios con embarcaciones deportivas, de pesca, acuicultura y de investigación y ciencia.
Presentación
Todo el año.
Marco Normativo
Información adicional
Órgano de inicio
Consejería de Gobierno de Presidencia. Servicio de Asuntos Generales
Órgano de tramitación
Consejería de Gobierno de Presidencia. Servicio de Asuntos Generales
Órgano de resolución
Dirección del Puerto
Tramitar
Vías de tramitación
Sede electrónica
Presencial
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Telemática (Obligatoria para los sujetos incluidos en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
A través de:
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Nuestra Sede electrónica. La Sede electrónica es para la presentación de documentación relativa a los trámites del Cabildo de Gran Canaria y sus organismos dependientes. Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través de una sede electrónica, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los certificados electrónicos reconocidos. Si existiera un formulario específico para el trámite que va a realizar, debe hacer uso del mismo. Puede consultar todas las anotaciones de entrada (presencial o electrónicas) a través de la carpeta ciudadana que se encuentra en nuestra Sede electrónica. También puede comprobar la autenticidad de los justificantes de registro electrónico mediante el Código Seguro de Verificación (CSV) que aparece en el mismo, utilizando el servicio de Verificación de documentos.
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Si desea presentar documentación para otras administraciones y organismos, puede utilizar el Registro Electrónico Común, siempre que no se establezca una forma de presentación específica para un trámite concreto, que en ese caso deberá hacerse por la vía que se indique. Si existieran problemas técnicos en nuestra Sede electrónica podrá usarse la de la AGE o, también, si no existiera formulario a través del cual pueda realizar el trámite que necesite.
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En el caso del Sector Público, si no existiera formulario específico para el trámite que necesite en nuestra Sede electrónica, puede realizarlo a través de su Registro Electrónico, siempre que esté integrado en el Sistema de Interconexión de Registros (SIR).
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Presencial (Para las personas físicas no obligadas a presentar las solicitudes de forma telemática, en base al artículo 14.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
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En nuestras oficinas (Registro General (OIAC) y Registros Desconcentrados del Cabildo), debe solicitar CITA PREVIA. En el siguiente enlace se encuentran los datos de contacto de cada una de ellas:
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En los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE de 02-10-2015).
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En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
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En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
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En las oficinas de asistencia en materia de registros.
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Documentación necesaria para el inicio o trámite del procedimiento
“5ª) Toda embarcación que solicite atraque o amarre deberá aportar la siguiente documentación:
a. Embarcaciones con matrícula española:
a.1 Registro marítimo y hoja de asiento.
a.2 Certificado de navegabilidad vigente.
a.3 Permiso de navegación.
a.4 Seguro de responsabilidad civil obligatorio en vigor.
a.5 Documento de identidad (CIF o NIF) del armador o propietario de la embarcación.
a.6 Dirección de correo electrónico para avisos y noticias de interés; dirección postal para notificaciones; y número de teléfono de contacto.
b. Embarcaciones con matrícula de algún estado de la CE o extranjeras:
b.1 Título de propiedad, en el que conste la liquidación de los tributos legalmente exigibles.
b.2 Copia de la inscripción de la embarcación en el Registro correspondiente.
b.3 Seguro de responsabilidad civil obligatorio en vigor.
b.4 Documento de identidad (CIF o NIF) del armador o propietario de la embarcación.
b.5 Dirección de correo electrónico para avisos y noticias de interés; dirección postal para notificaciones; y número de teléfono de contacto.
c. Otras:
Documentación que acredite estar exenta legalmente de tener que aportar los documentos anteriores, como es el caso de las embarcaciones con marcado CE, debiendo aportar los que correspondan a su categoría.”