VIII Concurso Oficial de Aceites de Oliva Virgen Extra de Gran Canaria, 2023

El objeto

El presente concurso tiene por objeto la distinción de los aceites de oliva virgen extra producidos, elaborados y envasados en Gran Canaria.

Destinatarios

Podrán inscribirse en el Concurso las personas físicas o jurídicas que produzca, elaboren y envasen aceite de oliva virgen extra en Gran Canaria con aceitunas recolectadas en la Isla que, además, cumplan los siguientes requisitos:

  1. El participante ha de hallarse debidamente inscrito o haber solicitado su inscripción, en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos o en el Registro Autonómico Sanitario de Comercio al por Menor en la actividad “aceite”, categoría “minorista elaborador”
  2. Cada muestra de aceite que sea presentada a concurso debe provenir de un lote con una existencia mínima de 100 litros. El Cabildo de Gran Canaria verificará este extremo en el momento de la recogida de la muestra.
  3. Los aceites han de cumplir con lo establecido en el Reglamento Europeo (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrario, y los requisitos que para los aceites de oliva virgen extra, el Reglamento Delegado (UE) 2022/2104 de la Comisión de 29 de julio de 2022 por el que se completa el Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y el Consejo, en lo que respecta a las normas de comercialización del aceite de oliva, y por el que se derogan el Reglamento (CEE) nº 2568/91 de la Comisión y el Reglamento de Ejecución (UE) nº 29/2012 de la Comisión, y sus posteriores modificaciones, así como la reglamentación complementaria aplicable relativa a las características de los aceites y la normativa vigente para el sector.
  4. Han de cumplir con el Reglamento (CE) Nº 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de febrero de 2005, relativo a los límites máximos de residuos de plaguicidas en alimentos y piensos de origen vegetal y animal, y sus posteriores modificaciones.

No podrán optar a la mención a “MEJOR IMAGEN Y PRESENTACIÓN 2023 los solicitantes ya distinguidos con esta mención en ediciones anteriores, salvo notables diferencias en su imagen y presentación con respecto al envase ya premiado.

Al amparo de lo previsto en el art. 13.2 de la Ley General de Subvenciones y considerando la naturaleza de este concurso, las personas participantes quedan exentas de cumplir los requisitos señalados en el mismo.

Presentación

El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación del extracto de la presentes Bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas hasta el día 22 de noviembre de 2023.

Fecha de inicio: 17/10/2023 Fecha de fin: 22/11/2023

Órgano de inicio

Consejero de Sector Primario, Soberanía Alimentaria y Seguridad Hídrica

Órgano de tramitación

Consejero de Sector Primario, Soberanía Alimentaria y Seguridad Hídrica

Órgano de resolución

Consejero de Sector Primario, Soberanía Alimentaria y Seguridad Hídrica

Cómo recurrir

Contra la resolución definitiva, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo dictó, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de notificación de la resolución o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de la resolución.

Transcurrido el plazo máximo para resolver el procedimiento sin que haya recaído resolución expresa podrá interponerse recurso potestativo de reposición en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica se produzca el acto presunto en la forma determinada en el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de seis meses desde el día siguiente de producirse el acto presunto, como se determina en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Vías de tramitación

Sede electrónica

Presencial

Puede presentar la solicitud de manera telemática o presencial:

  • Telemática (Obligatoria para los sujetos incluidos en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

A través de:

  1. Nuestra Sede electrónica. Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través de una sede electrónica, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los certificados electrónicos reconocidos. Si existiera un formulario específico para el trámite que va a realizar, debe hacer uso del mismo. Puede consultar todas las anotaciones de entrada (presencial o electrónicas) a través de la carpeta ciudadana que se encuentra en nuestra Sede electrónica. También puede comprobar la autenticidad de los justificantes de registro electrónico mediante el Código Seguro de Verificación (CSV) que aparece en el mismo, utilizando el servicio de Verificación de documentos
  2. La Sede electrónica de la AGE. Si existieran problemas técnicos en nuestra Sede electrónica podrá usarse la de la AGE o, también, si no existiera formulario a través del cual pueda realizar el trámite que necesite.
  • Presencial (Para las personas físicas no obligadas a presentar las solicitudes de forma telemática, en base al artículo 14.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

    • En nuestras oficinas (Registro General (OIAC) y Registros Desconcentrados del Cabildo), se recomienda  solicitar  CITA PREVIA. En el siguiente enlace se encuentran los datos de contacto de cada una de ellas:
    • Así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos del Sector Público (Administración General del Estado, Administraciones de las Comunidades Autónomas, entidades que integran la Administración Local y Sector Público Institucional).
    • En las oficinas de Correos, en la forma reglamentariamente establecida.
    • En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
    • En las oficinas de asistencia en materia de registro.
    • En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
CONTACTO
  •  Centralita
  • T. +34 928219421
  • T. +34 928219494
OIAC
  • T. +34 928219229
  • T. +34 928219425
  • oiac@grancanaria.com
  • C/ Bravo Murillo 23-35003
  • Las Palmas de Gran Canaria
  •  
  • Horario de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes, los jueves horario ininterrumpido de 9.00 a 17.00 horas y en verano - julio, agosto y septiembre - de 9:00 a 13:00 horas y los jueves horario ininterrumpido de 9.00 a 16.00 horas