Convocatoria de subvención a entidades sin ánimo de lucro, para proyectos de formación, orientación y empleo para personas desempleadas. Anualidad 2022.

El objeto

La presente Convocatoria tiene como objeto la inserción laboral de personas en situación de desempleo de la isla de Gran Canaria, que principalmente por su escaso nivel formativo, ven limitadas las posibilidades de acceso al empleo.

Para ello se financiarán proyectos de carácter integral en relación al empleo, encaminados a la formación, capacitación y mejora de la empleabilidad de personas, para que adquieran también destrezas profesionales y personales, rebajando las barreras de acceso al mercado laboral.

Todas las iniciativas vinculadas a esta convocatoria deben posibilitar la inserción laboral de, al menos, el 20% de las personas destinatarias.

Esta convocatoria pretende apostar por proyectos que se desarrollen en diversos municipios del territorio insular para ello se establecen 2 zonas diferenciadas donde obligatoriamente deben desarrollarse las acciones a través de dos proyectos diferenciados.

Personas destinatarias:

  1. El número mínimo de personas destinatarias será de 20 por proyecto y deberán cumplir los siguientes requisitos en el momento de acceder al proyecto:
    • Encontrarse en situación de desempleo.
    • Residir en Gran Canaria y en un porcentaje mínimo del 80% deberán residir en los municipios pertenecientes a la zona de ejecución de cada proyecto.
    • Tener entre 16 y 67 años.
    • Personas con baja cualificación (Bachillerato, Ciclo Grado Medio, Estudios de Educación Secundaria Obligatoria, o equivalente, o inferiores).
  2. Colectivos preferentes. Siguiendo directrices de empleo europeas, nacionales y regionales, se valorará la atención, a personas destinatarias que pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos, siempre y cuando incluya a más del 40% de las personas destinatarias;
    • Personas mayores de 45 años.
    • Mujeres.
    • Personas jóvenes (entre 16 y 30 años).
    • Personas trans o intersexuales, atendiendo a las definiciones recogidas en la Ley 2/2021, de 7 de junio.
    • Otros colectivos de difícil inserción (personas con discapacidad, mujeres víctimas de violencia de género, personas paradas de larga duración, personas migrantes, personas refugiadas, entre otros).

Destinatarios

Podrán ser beneficiarias de las presentes subvenciones las asociaciones, federaciones y confederaciones de empresarios de los distintos sectores productivos así como entidades sin ánimo de lucro.

Todas las entidades han de cumplir los siguientes requisitos:

  1. Estar domiciliada en Gran Canaria o contar con sede permanente en esta isla, aun cuando su ámbito territorial de actuación fuera regional o nacional.
  2. Estar válidamente constituida e inscrita en el registro público correspondiente en el momento de presentar la solicitud.
  3. No estar incursas en las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  4. No estar incursas en procedimientos de cobro por vía de apremio de deudas contraídas por el Cabildo de Gran Canaria o sus Organismos Autónomos.
  5. No haber recibido ayudas o subvenciones con el mismo objeto por parte de la Corporación Insular.
  6. Haber procedido a la justificación de las subvenciones concedidas con anterioridad por el Cabildo de Gran Canaria, cuando hubiere estado obligado a ello.

Presentación

El plazo de presentación de solicitudes será de VEINTE DÍAS HÁBILES a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas.

Fecha de inicio: 20/09/2022 Fecha de fin: 18/10/2022

La actividad subvencionada se ejecutará en las dos zonas de actuación previstas en la disposición número 4 de la convocatoria. Para cada una de estas zonas se elaborará su correspondiente proyecto según Anexo II. Ficha de proyecto.

Todos los proyectos deberán contemplar las siguientes acciones:

  1. Formación. Deberá cumplir los siguientes requisitos:
    1. Con carácter general, debe ser conducente a una certificación oficial, por el organismo competente.
      No obstante, se permitirá la impartición de formación que no sea conducente a la obtención de una certificación oficial, siempre que la misma se base en demandas del mercado laboral insular a través de ofertas de empleo concretas, que se avalarán con datos del mercado y/o estadísticos de fuentes oficiales y recientes que justifiquen la necesidad de impartir dicha formación.
    2. La formación debe impartirse de manera presencial.
    3. La formación diseñada debe incluir un módulo de competencias digitales de, al menos 30 horas, basadas en el Programa Formativo COMPETENCIAS DIGITALES BÁSICAS (IFCT45) del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE)
    4. La entidad beneficiaria debe garantizar que todas las personas participantes en la iniciativa, durante la duración del proyecto tramiten, activen y hagan uso de alguno de los tipos de certificado electrónico, con los que identificarse y realizar trámites de forma segura a través de Internet, con la Administración Pública.
  2. Acompañamiento, orientación y/o tutorización. Esta tipología de acciones comprende acciones de orientación, acompañamiento y tutorización cuya finalidad sea la mejora de la empleabilidad, motivación y la adquisición de herramientas de gestión personal y profesional de las personas destinatarias, así mismo, deben facilitar la capacidad de acceder al empleo por cuenta propia o ajena, a través de acciones de prospección y/o autoempleo.
    Con cada persona destinataria se realizará una intervención de al menos 300 horas resultantes del sumatorio de las horas de formación y de las horas de acompañamiento, orientación y/o tutorización.
  3. Compromisos de inserción laboral
    Cada proyecto presentado por la entidad solicitante debe incluir como acciones de inserción laboral un compromiso de inserción laboral de al menos el 20% del número de las personas destinatarias. Este porcentaje mínimo se aumentará a un 30% en el supuesto de que la formación impartida fuese demanda por el mercado laboral no certificada.
    Además, las entidades solicitantes podrán aumentar el porcentaje mínimo de inserción establecido (20% o 30%), en cuyo caso, se incrementará la cuantía de la subvención en los términos establecidos en la disposición octava de la Convocatoria.
    Las inserciones laborales comprometidas en la solicitud deberán ser acordes a la normativa laboral y deberán cumplir además con los siguientes requisitos:
    • Se realizarán directamente por la entidad beneficiaria o indirectamente mediante acuerdos con otras empresas. En este último caso se deberá aportar con la solicitud la copia de los acuerdos con estas empresas , según Anexo III.-Modelo de pre-acuerdo
    • Deberán iniciarse durante los cuarenta y cinco días posteriores a la finalización de las acciones de formación.
    • Duración mínima de la contratación 6 meses contados desde el alta en la Seguridad Social.
    • Porcentaje de jornada igual o superior al 75% de la jornada máxima prevista en el Convenio Colectivo de aplicación o, en su defecto, la jornada máxima legal.
    • El puesto de trabajo a desempeñar debe estar relacionado con la formación recibida.

Órgano de inicio

El Consejo de Gobierno Insular del Cabildo de Gran Canaria.

Órgano de resolución

Es competente para la resolución de la Convocatoria el Consejero de Gobierno de Empleo y Desarrollo Local, por delegación del Consejo de Gobierno Insular.

Observaciones

El plazo máximo de resolución será de SEIS MESES contados desde el día siguiente a la fecha de la publicación de la presente convocatoria en el BOP de Las Palmas.

Las distintas notificaciones que deban efectuarse durante la tramitación del procedimiento administrativo se efectuarán en la página web del Cabildo de Gran Canaria (www.grancanaria.com).

Cómo recurrir

Contra la resolución definitiva, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo dictó, en el plazo de UN MES contado a partir del día siguiente de su notificación de la resolución, si el acto fuera expreso; o en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto, conforme a lo establecido en el art. 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

También se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional correspondiente en el plazo de DOS MESES contados desde el día siguiente a su notificación, si el acto fuera expreso; si no lo fuera, el plazo será de seis meses y se contará a partir del día siguiente a aquel en que, de conformidad con el apartado anterior, se produzca el acto presunto; según dispone el art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Vías de tramitación

Sede electrónica

Tramitación electrónica sin sede

Acorde con el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la presentación de solicitudes se realizará en la sede electrónica del Cabildo de Gran Canaria (https://sede.grancanaria.com/es), o en los registros electrónicos de la Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas, las entidades que integran la Administración Local o el sector público institucional.

  1. Documentos para la solicitud de subvención:
    Anexo I: Solicitud, que será suscrita digitalmente por el representante legal de la entidad, que contiene declaración responsable y que irá acompañada de la siguiente documentación:
    1. Fotocopia de los estatutos y/o de la escritura de constitución.
    2. Certificado de inscripción de la entidad solicitante en el Registro correspondiente, o del depósito de los estatutos si se trata de organizaciones sindicales, en el que conste la fecha de inscripción y la identidad de su órgano de representación, salvo que se autorice en la solicitud al Servicio de Empleo y Desarrollo para recabar del Registro competente dicha información.
    3. Certificado emitido por el Secretario de la entidad solicitante en el que conste la composición de su órgano de gobierno.
    4. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del representante de la entidad solicitante, en caso de no autorización expresa al Servicio de Empleo y Desarrollo Local a llevar a cabo su comprobación de la identidad mediante el Sistema de Verificación de Datos de Identidad (Real Decreto 522/20006, de 28 de abril).
    5. Fotocopia del Documento de Identificación Fiscal de la entidad solicitante.
    6. Certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, del Cabildo de Gran Canaria (Valora Gestión Tributaria), con la Seguridad Social y con la Agencia Tributaria Canaria (exclusivamente si no se autoriza al Servicio de Empleo y Desarrollo Local para la comprobación).
    7. Un proyecto, por cada una de las dos zonas de actuación, ajustado al Anexo II: Ficha de Proyecto, suscrito digitalmente por el representante de la entidad.
    8. Acreditación, en su caso, para impartir actividades formativas conducentes a la obtención de certificado de profesionalidad, completos o de carácter modular, así como cualquier acreditación oficial.
    9. Presupuestos y/o Facturas proforma de cada uno de los gastos a imputar que estén debidamente relacionados con las acciones o el proyecto desarrollado en el Anexo II.
      En el caso de que el importe del gasto supere los importes expresados en la cláusula DÉCIMA de la presente Convocatoria, se deberán presentar tres presupuestos de distintos proveedores.
    10. Alta/modificación de terceros, debidamente cumplimentado, en el caso de que la entidad no estuviera dada de alta o fuera necesario modificar los datos existentes en el sistema contable del Cabildo Insular de Gran Canaria.
    11. En el caso de haber solicitado ayudas, tenerlas concedidas o haber suscrito convenios para el mismo Proyecto, con entidades privadas y/o públicas, se aportará copia de los documentos pertinentes que lo justifiquen, donde se indique su cuantía, los fines y niveles de cobertura.
    12. Documentación acreditativa de la entidad solicitante como Agencia de Colocación por el Sistema Nacional de Empleo y/o como centro homologado para impartir la formación objeto de la subvención, si procede. En el caso de que la formación sea certificada e impartida por otra entidad o empresa de formación deben presentarse las acreditaciones de las mismas.
    13. Documentación acreditativa de la disposición de espacios en los distintos municipios de cada una de las zonas, donde se prevea impartir las acciones de formación y /o asesoramiento/orientación/tutorización.
    14. Pre-acuerdos con otras empresas, que dé cumplimiento a los porcentajes de inserción previstos en la solicitud y en el proyecto. Según Anexo III
    No será necesario presentar la documentación exigida en los apartados a), b), c), d) , e) i) y k) cuando la misma no hubiere sufrido modificación y estuviere en poder de la Administración actuante, en cuyo caso, la entidad solicitante podrá acogerse a lo estipulado en el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, siempre que se haga constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados dichos documentos o, en su caso, emitidos, y que no hayan transcurridos más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan.
  2. Documentos para la aceptación de la subvención: Anexo IV.
  3. Documentos para la selección y contratación de personal: Anexos V, VI y VII 
  4. Documento para el seguimiento de la ejecución del proyecto: Anexo XI.
  5. Documento para la difusión del proyecto: Anexo IX.
  6. Documentos para la justificación: Anexos VIII, X, XII, XIII, XIV, XV y XVI. 

Anexo I. Solicitud - 21.sep.2022 - 649,8 kb

Anexo II. Ficha de proyecto - 19.sep.2022 - 70,3 kb

Anexo III. Modelo pre-acuerdo - 19.sep.2022 - 241,5 kb

Anexo IV. Aceptación subvención - 19.sep.2022 - 315,6 kb

Anexo V. Instrucciones para la gestión de contratación de personal - 19.sep.2022 - 265,7 kb

Anexo VI.- Oferta genérica de empleo - 19.sep.2022 - 1398,7 kb

Anexo VII. Relación priorizada personas a contratar - 05.oct.2022 - 89,1 kb

Anexo VIII. Información de cooperación y de la financiación de las acciones y/o proyectos (personas destinatarias) - 19.sep.2022 - 98,4 kb

Anexo IX. Cartel - 19.sep.2022 - 89,6 kb

Anexo X. Información sobre protección de datos personales (Personas Trabajadoras y Destinatarias) - 19.sep.2022 - 103,2 kb

Anexo XI. Informe de seguimiento - 19.sep.2022 - 59,8 kb

Anexo XII. Memoria de actuaciones - 19.sep.2022 - 67,9 kb

Anexo XIII. Memoria económica - 05.oct.2022 - 182,5 kb

Anexo XIV. Requisitos de las personas destinatarias - 19.sep.2022 - 462,1 kb

Anexo XV. Relación bajas y sustituciones - 19.sep.2022 - 222,9 kb

Anexo XVI. Alcance del informe de auditoría de la memoria de actuaciones y económica - 19.sep.2022 - 147,2 kb

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