FICHA WEB SECCIÓN DE SANCIONES - Cabildo de Gran Canaria
Sanciones e infracciones -
Transportes y Movilidad -
Empresas y autónomos
FICHA WEB SECCIÓN DE SANCIONES
Información
El objeto
Incoación, tramitación y resolución de expedientes sancionadores en relación con denuncias de la Guardia Civil o de la Policía Local, así como de Actas de infracción de la Sección de Inspección del Cabildo de Gran Canaria.
MATERIAS REGULADAS POR LA NORMATIVA ESTATAL:
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TACÓGRAFO, TIEMPOS DE CONDUCCIÓN Y DESCANSO Y LIMITADOR DE VELOCIDAD
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TRANSPORTE DE MERCANCÍAS PELIGROSAS
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TRANSPORTE DE MERCANCÍAS PERECEDERAS
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EXCESOS DE PESO
Competencia: Ley Orgánica 5/1987, de 30 de julio, de Delegación de Facultades del Estado en las Comunidades Autónomas en relación con los transportes por carretera y por cable.
Normativa sectorial de aplicación:
MATERIAS REGULADAS POR LA NORMATIVA AUTONÓMICA:
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TRANSPORTE PÚBLICO DISCRECIONAL DE MERCANCÍAS MDP/MDL
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TRANSPORTE PRIVADO COMPLEMENTARIO DE MERCANCÍAS (MPC)
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TRANSPORTE PUBLICO DISCRECIONAL DE VIAJEROS (+ 9 PLAZAS)
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TAXIS (TRANSPORTE DE VIAJEROS EN VEHÍCULOS DE HASTA 9 PLAZAS)
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TRANSPORTE TURÍSTICO
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TRANSPORTE ESCOLAR
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TRANSPORTE DE OCIO Y RECREO
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TRANSPORTE PRIVADO COMPLEMENTARIO DE VIAJEROS
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ALQUILER SIN CONDUCTOR
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ALQUILER CON CONDUCTOR
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TRANSPORTE SANITARIO
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TRANSPORTE FUNERARIO
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OBLIGACIONES CON LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Competencia: Decreto 159/1994, de 21 de julio, de Transferencia de Funciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias a los Cabildos Insulares en materia de transportes terrestres y por cable.
Normativa sectorial de aplicación:
1. FASES DE LA TRAMITACIÓN DE SANCIONES
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Boletín de denuncia
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Diligencias previas
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Resolución de incoación si procede o archivo de actuaciones
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Plazo para presentar alegaciones
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Propuesta de resolución
- Recursos (de Reposición o Contencioso-Administrativo)
2. PLAZOS Y PORCENTAJE DE DESCUENTO POR PRONTO PAGO
MATERIAS LEY ESTATAL (LOTT) |
MATERIAS LEY CANARIA (LOTCC) |
INICIO DEL CÓMPUTO |
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30 días hábiles (excluir S, D y festivos) |
30% |
15 días hábiles (excluir S, D y festivos) |
25% |
El día siguiente de la notificación de la Resolución de incoación |
3. EXAMEN DEL EXPEDIENTE
De conformidad con lo establecido en el artículo 53.1.a) de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, los expedientes administrativos están a disposición de los interesados en las dependencias del Servicio de Transportes, de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 14:00 en los meses de octubre a junio, y de 9:00 a 13:00 en los meses de julio, agosto y septiembre.
4. CITA PREVIA
CITA PREVIA SANCIONES TRANSPORTES
928219229
5. CONTACTO
Teléfonos: 928 219344-219345 o 928219421 (centralita del Cabildo)
Fax: 928219351
Presentación
- ALEGACIONES:
PARA TODAS LAS MATERIAS (LOTT Y LOTCC) |
INICIO DEL CÓMPUTO |
10 días hábiles (excluir S, D y festivos) |
El día siguiente de la notificación de la Resolución de incoación |
Órgano competente para resolver: Consejero de Obras Públicas, Infraestructuras, Transporte y Movilidad.
- RECURSOS:
PARA TODAS LAS MATERIAS (LOTT Y LOTCC) |
INICIO DEL CÓMPUTO |
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Recurso de reposición (puede interponerlo o no) |
1 mes |
El día siguiente de la notificación de la Resolución sancionadora |
Recurso Contencioso – administrativo (puede interponerlo directamente contra la resolución sancionadora o una vez desestimado el Recurso de reposición) |
2 meses |
El día siguiente de la notificación de la Resolución sancionadora si lo hace directamente o, si se ha interpuesto Recurso de Reposición, desde el día siguiente de la notificación del acuerdo del Consejo de Gobierno resolviendo aquél. |
Órgano competente para resolver: Consejo de Gobierno Insular
Marco Normativo
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.
Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público. - 21.dic.2017
Información adicional
Órgano de inicio
El Titular de la Consejería de Gobierno de Obras Publicas, Infraestructuras, Transporte y Movilidad.
Órgano de resolución
El Titular de la Consejería de Gobierno de Obras Publicas, Infraestructuras, Transporte y Movilidad. - Consejo de Gobierno Insular.
Observaciones
LEY ESTATAL (LOTT) |
LEY CANARIA (LOTCC) |
INICIO DEL CÓMPUTO |
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CADUCIDAD (1) |
1 año |
1 año |
Fecha de la resolución de incoación |
PRESCRIPCIÓN (2) |
1 año |
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Fecha de la denuncia |
Cómo recurrir
PARA TODAS LAS MATERIAS (LOTT Y LOTCC) |
INICIO DEL CÓMPUTO |
|
Recurso de reposición (puede interponerlo o no) |
1 mes |
El día siguiente de la notificación de la Resolución sancionadora |
Recurso Contencioso – administrativo (puede interponerlo directamente contra la resolución sancionadora o una vez desestimado el Recurso de reposición) |
2 meses |
El día siguiente de la notificación de la Resolución sancionadora si lo hace directamente o, si se ha interpuesto Recurso de Reposición, desde el día siguiente de la notificación del acuerdo del Consejo de Gobierno resolviendo aquél. |
Órgano competente para resolver: Consejo de Gobierno Insular
- SILENCIO ADMINISTRATIVO
De conformidad con lo establecido en el art. 24 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el sentido del silencio será desestimatorio en los procedimientos de impugnación de actos y disposiciones y en los de revisión de oficio iniciados a solicitud de los interesados. La desestimación por silencio administrativo tiene los solos efectos de permitir a los interesados la interposición del recurso administrativo o contencioso-administrativo que resulte procedente.
Tramitar
Vías de tramitación
Sede electrónica
Presencial
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Servicio de Transportes, Prof. Agustín Millares Carló, 10- 1ª planta, 35003, Las Palmas de Gran Canaria.
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OIAC (Oficina de Información y Atención al Ciudadano) del Cabildo de Gran Canaria, calle Pérez Galdós s/n, 35002, Las Palmas de Gran Canaria.
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En los lugares indicados en el art. 16.4. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En caso de que se opte por la presentación presencial de documentos en alguno de los Registros habilitados al efecto, distinto de los de la Corporación, el interesado podrá remitir el escrito de interposición con su sello de Registro al correo indicado a fin de que puedan ser tenidos en cuenta en caso de demora en su recepción. En ningún caso el correo electrónico será sustitutivo del Registro físico, de forma que los documentos presentados sólo por correo electrónico no podrán ser tenidos en cuenta a efectos de cumplimiento de plazos.
Si dispone de certificado electrónico, podrá presentar los documentos en formato pdf adjuntándolos a la Instancia General que deberá cumplimentar en la Sede Electrónica del Cabildo de Gran Canaria (https://sede.grancanaria.com/informacion-instancia)