Premio de narrativa breve Dolores Campos-Herrero 2022 - Cabildo de Gran Canaria
Cultura y Museos
Premio de narrativa breve Dolores Campos-Herrero 2022
Información
El objeto
El /la autor/a de la obra ganadora obtendrá un premio en metálico de 4.500,00 euros, sobre el que se aplicarán los impuestos y retenciones fiscales aplicables conforme a la legislación vigente.
A su vez, la primera edición de la obra premiada, será editada y publicada por el servicio de Ediciones del Cabildo de Gran Canaria el año siguiente a su convocatoria, con una tirada mínima de 500 ejemplares.
Destinatarios
Podrán participar en la presente convocatoria y ser beneficiario/a del premio las personas físicas mayores de edad, residentes en Canarias a la fecha de la convocatoria o nacidas en Canarias que no hayan sido premiadas en la convocatoria anterior.
Queda excluido del presente concurso el personal de la Consejería de Cultura del Cabildo de Gran Canaria.
Presentación
El plazo de recepción de las obras participantes será de sesenta (60) días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de las Palmas. (BOP nº 130 de 28oct22)
Observaciones
- El género literario al que se adscribe el concurso es el narrativo, debiendo ajustarse al concepto comúnmente aceptado de narrativa breve.
- El tema sobre el que versará la obra presentada será totalmente libre.
- Las obras deberán estar escritas en lengua española y han de ser originales e inéditas.
- El texto presentado no puede haber sido objeto de premio en concursos anteriores ni haber sido publicado (en edición colectiva o individual por cualquier medio de edición y/o publicación), tanto en papel o ebook como en blog y otros perfiles de redes sociales, con anterioridad a la solicitud de participación en el presente concurso.
- Cada autor/a podrá presentar una sola obra, preservando su anonimato. Quedará automáticamente excluido/a de la convocatoria el/la participante que presente dos o más obras.
- Las obras se presentarán en soporte digital (archivo pdf)
- La extensión de la obra oscilará entre 65 y 75 páginas en tamaño DIN A4.
- Texto justificado y paginado.
- Interlineado de 1’5.
- Fuente tipográfica Times New Roman de tamaño 12.
- Las obras han de venir firmadas mediante seudónimo.
A las páginas indicadas se puede añadir una más de portada en la cual deberá figurar el título del relato y el seudónimo utilizado.
Los textos presentados que no cumplan estos requisitos quedarán inmediatamente excluidos del presente concurso.
Marco Normativo
- Aprobación convocatoria y bases Premio de Narrativa Breve Dolores Campos-Herrero 2022
- Bases Concurso y anexo diligenciado.
- Ley 38-2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
- Ordenanza General de Subvenciones del Cabildo de Gran Canaria
- BOP nº 130 de 28oct22
Información adicional
Órgano de inicio
Consejería Gobierno de Cultura
Órgano de tramitación
Servicio de Cultura
Órgano de resolución
Consejería Gobierno de Cultura
Tramitar
Vías de tramitación
Sede electrónica
Las solicitudes y la documentación deberán presentarse a través de la Sede electrónica del Cabildo de Gran Canaria.
Se accederá a la Sede Electrónica del Cabildo de Gran Canaria (https://sede.grancanaria.com) debiendo seleccionar, dentro de la categoría de “Trámites” - “Catálogo de Trámites Electrónicos”, el procedimiento “PREMIO DE NARRATIVA BREVE DOLORES CAMPOS-HERRERO”.
La solicitud de participación será la que se genere automáticamente cuando se inicia el indicado procedimiento
Requisitos para el inicio o trámite del procedimiento
Podrán participar en la presente convocatoria y ser beneficiario/a del premio las personas físicas mayores de edad, residentes en Canarias a la fecha de la convocatoria o nacidas en Canarias que no hayan sido premiadas en la convocatoria anterior. Queda excluido del presente concurso el personal de la Consejería de Cultura del Cabildo de Gran Canaria.
Para obtener la condición de beneficiario/a, las personas físicas deberán reunir las condiciones establecidas en el artículo 13.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y no estar incursas en ninguna de las prohibiciones que se mencionan en el apartado 2 de este mismo artículo; no tener pendiente de presentar la justificación total o parcial de subvenciones anteriores otorgadas por el Servicio de Cultura de esta Corporación, así como de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la hacienda estatal, hacienda autonómica y con la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones normativas vigentes.
Los/as participantes quedan sometidos a las responsabilidades y al régimen sancionador que sobre infracciones administrativas en materia de subvenciones establece la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Real Decreto 887/2006, de 17 de noviembre, por el que se aprueba su reglamento, así como en la Ordenanza General de Subvenciones del Cabildo de Gran Canaria (BOP nº166, de 26 de diciembre de 2008).
Documentación necesaria para el inicio o trámite del procedimiento
- Bases Premio de Narrativa Breve Dolores Campos-Herrero 2022
- Anexo I