Programa de colaboración con las Mancomunidades de Municipios de Gran Canaria para la dotación de infraestructuras de aulas para impartir formación en energías renovables, anualidad 2021 - Cabildo de Gran Canaria
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Programa de colaboración con las Mancomunidades de Municipios de Gran Canaria para la dotación de infraestructuras de aulas para impartir formación en energías renovables, anualidad 2021
Información
El objeto
El presente Programa de colaboración, tiene como objetivo apoyar la formación en empleo relacionado con las energías alternativas a nivel comarcal en la isla de Gran Canaria. Para la consecución de este objetivo, se apoyará la formación mediante la adecuación y equipamiento de instalaciones de las mancomunidades comarcales de municipios de la isla, así como la compra de materiales, para su utilización como centros de formación de impartición de estas iniciativas.
Destinatarios
Podrán ser beneficiarios de las presentes subvenciones, las siguientes Mancomunidades de municipios de la isla de Gran Canaria siempre que se encuentren en activo y que no hayan iniciado ningún procedimiento de extinción o disolución:
- Mancomunidad de Ayuntamientos del Norte de Gran Canaria.
- Mancomunidad de Municipios de las Medianías de Gran Canaria.
- Mancomunidad Intermunicipal del Sureste de Gran Canaria.
Las entidades deberán cumplir con los requisitos, para obtener la condición de beneficiario, establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Presentación
El plazo de presentación de solicitudes será de QUINCE DÍAS HÁBILES a contar desde el día siguiente a la publicación del presente Programa en la página web del Cabildo de Gran Canaria: www.grancanaria.com.
Observaciones
Las distintas notificaciones que deban efectuarse durante la tramitación del procedimiento administrativo se practicarán a través de la página web del Cabildo de Gran Canaria (www.grancanaria.com).
Marco Normativo
- Programa de colaboración con las Mancomunidades de Municipios de Gran Canaria para la dotación de infraestructuras de aulas para impartir formación en energías renovables, anualidad 2021.
- Ordenanza General de Subvenciones del Cabildo de Gran Canaria (BOP de Las Palmas nº 166, de 26 de diciembre de 2008).
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS).
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la LGS (en adelante RLGS).
- Bases de Ejecución del Presupuesto del Cabildo de Gran Canaria para el año 2021
- Reglamento Orgánico del Cabildo Insular de Gobierno y Administración del Excmo. Cabildo Insular de Gran Canaria (BOC, nº 241 de 15/12/2016).
- Y restantes normas de derecho administrativo que resulten de aplicación.
Programa de colaboración con Mancomunidades 2021 - 05.ago.2021
Ordenanza General de Subvenciones - 07.mar.2018
Ley General de Subvenciones - 07.mar.2018
Reglamento de la LGS - 07.mar.2018
Bases de Ejecución del Presupuesto del Cabildo 2021 - 22.feb.2021
Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del Cabildo de Gran Canaria - 07.mar.2018
Información adicional
Órgano de inicio
El Consejo de Gobierno Insular del Cabildo de Gran Canaria.
Órgano de resolución
Es competente para la resolución de la Convocatoria el Consejero de Gobierno de Empleo y Desarrollo Local, por delegación del Consejo de Gobierno Insular.
Observaciones
El plazo máximo para la resolución y notificación del procedimiento será de SEIS MESES contados desde el día siguiente a la fecha de la publicación del presente Programa en la página web del Cabildo de Gran Canaria.
Cómo recurrir
Contra la Resolución definitiva, que pondrá fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno Insular, en el plazo de UN MES (1) a contar a partir del día siguiente a su publicación, si el acto fuera expreso; y si el acto no fuera expreso, se podrá interponer dicho recurso en cualquier momento a partir del día siguiente a aquél en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto, conforme a lo establecido en el art. 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra la Resolución definitiva también se puede interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de DOS MESES (2) contados desde el día siguiente a su publicación si el acto fuera expreso; si no lo fuera, el plazo será de SEIS MESES (6), y se contará a partir del día siguiente a aquel en que, de conformidad con el apartado anterior, se produzca el acto presunto; según dispone el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Tramitar
Vías de tramitación
Sede electrónica
Tramitación electrónica sin sede
Acorde con el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes, escritos y comunicaciones dirigidos al Cabildo de Gran Canaria podrán presentarse en:
- Por la Oficina de Registro Virtual de las Entidades Locales ORVE/SIR
- Sede electrónica del Cabildo de Gran Canaria.
- En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Documentación necesaria para el inicio o trámite del procedimiento
- Documentos para el inicio.
Las solicitudes se formalizarán en el modelo establecido como Anexo Ique será suscrita digitalmente por el Presidente de la Mancomunidad e irán acompañadas de la siguiente documentación:
- Copia compulsada del Documento Nacional de Identidad de la persona que firme la solicitud, en caso de no autorización expresa al Servicio de Empleo y Desarrollo Local a llevar a cabo su comprobación de la identidad mediante el Sistema de Verificación de Datos de Identidad (Real Decreto 522/20006, de 28 de abril).
- Certificado emitido por el Secretario de la mancomunidad acreditativo de la representación y vigencia en el cargo de quien firma la solicitud.
- Declaración responsable suscrita digitalmente por el órgano competente de la mancomunidad conforme al Anexo II.
- En el caso de haber solicitado ayudas, tenerlas concedidas o haber suscrito convenios para el mismo proyecto, con entidades privadas y/o públicas, se aportará copia de los documentos pertinentes que lo justifiquen, donde se indique su cuantía, los fines y niveles de cobertura.
- En el caso de que la mancomunidad aporte recursos económicos a la ejecución del proyecto, certificado de disponibilidad del crédito o documento equivalente emitido por el interventor y/o órgano competente.
- En el caso de existir variación respecto a los datos obrantes en poder de la Corporación Insular, documentación actualizada para el libramiento de pago (alta de terceros).
- Certificados de estar al corriente de las obligaciones tributarias de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, del Cabildo de Gran Canaria (Valora Gestión Tributaria), con la Seguridad Social y con la Agencia Tributaria Canaria (exclusivamente si no se autoriza al Servicio de Empleo y Desarrollo Local para la comprobación).
- Breve cronograma de las actuaciones administrativas necesarias para la contratación de la obra o suministro suscrito digitalmente por el técnico responsable.
- Documentos para la ejecución: Anexo III.
- Documentos para la difusión del proyecto: Anexo IV.
- Documentos para la justificación: Anexos V y VI.
Anexo I. Solicitud - 05.ago.2021 - 541,8 kb
Anexo II. Declaración responsable - 05.ago.2021 - 109,7 kb
Anexo III. Información contratos realizados - 05.ago.2021 - 407 kb
Anexo IV. Cartel - 05.ago.2021 - 39,3 kb
Anexo V. Ficha memoria final de la inversión - 05.ago.2021 - 42,4 kb
Anexo VI. Estado representativo gastos - 05.ago.2021 - 75,3 kb