Subvenciones para el desarrollo del "Marco Estratégico por la Igualdad Gran Canaria Infinita (MEIGCI), dirigida a entidades sin ánimo de lucro - Ejercicio 2022.

El objeto

La convocatoria de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, dirigida a entidades sin ánimo de lucro de Gran Canaria, para el desarrollo del MEIGCI, para el ejercicio 2022.

Destinatarios

Entidades sin ánimo de lucro.

Presentación

El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOP. (Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas nº 26 de fecha 02 de marzo 2022).   

Fecha de inicio: 13/06/2023 Fecha de fin: 13/06/2023

Observaciones

La validez de la información que aquí se recoge es orientativa para más información consulte la normativa aplicable al procedimiento.

Órgano de inicio

La Sra. Consejera de Área de Igualdad, Diversidad y Transparencia

Órgano de resolución

La Sra. Consejera de Área de Igualdad, Diversidad y Transparencia

Observaciones

La resolución definitiva se dictará en el plazo 6 meses desde la publicación de la convocatoria y especificará de forma motivada, la relación de solicitudes inadmitidas a trámite, estimadas y desestimadas así como, en su caso, aquéllas que se integren en la lista de reserva a la que hace referencia el apartado 5.1. de la convocatoria.

Cómo recurrir

Contra la resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer por las/os interesadas/os según establece el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al de la recepción de la notificación. Asimismo, existe la posibilidad de impugnar directamente el citado acuerdo mediante la interposición de recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de la  notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, sin perjuicio de cuantos otros recursos se consideren oportunos y resulten procedentes.

Vías de tramitación

Sede electrónica

  • Telemática (Obligatoria para los sujetos incluidos en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)

A través de:

  1. Nuestra Sede electrónica. Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través de una sede electrónica, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los certificados electrónicos reconocidos. Si existiera un formulario específico para el trámite que va a realizar, debe hacer uso del mismo. Puede consultar todas las anotaciones de entrada (presencial o electrónicas) a través de la carpeta ciudadana que se encuentra en nuestra Sede electrónica. También puede comprobar la autenticidad de los justificantes de registro electrónico mediante el Código Seguro de Verificación (CSV) que aparece en el mismo, utilizando el servicio de Verificación de documentos
  2. La Sede electrónica de la AGE. Si existieran problemas técnicos en nuestra Sede electrónica podrá usarse la de la AGE o, también, si no existiera formulario a través del cual pueda realizar el trámite que necesite.
  3. En el caso del Sector Público, si no existiera formulario espécifico para el trámite que necesite en nuestra Sede electrónica, puede realizarlo a través de su Registro Electrónico, siempre que esté integrado en el Sistema de Interconexión de Registros (SIR).

Podrán ser entidades beneficiarias todas aquellas entidades sin ánimo de lucro (asociaciones, fundaciones y entidades religiosas) en las que concurran los siguientes requisitos:

  1. Estar legalmente constituidas en España y debidamente inscritas en el registro de asociaciones (sección 1ª), el de fundaciones o el de entidades religiosas, con una antigüedad mínima de un año antes de la publicación de la presente convocatoria.
  2. Estar domiciliada en la isla de Gran Canaria y desarrollar el proyecto o actividad para el que se solicita la subvención en el ámbito geográfico de la isla de Gran Canaria.

  3. Tener entre sus fines estatutarios el fomento y la promoción de la Igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres, la promoción de las mujeres, la prevención o la intervención respecto de las discriminaciones por razón de orientación sexual o identidades de género, y desarrollar en su actividad habitual acciones coherentes con estos fines.

La solicitud de subvención se formalizará según modelo:

  • Anexo I: Solicitud de subvención.

Documentación adjunta.

Se acompañará a la solicitud la siguiente documentación debidamente cumplimentada:

  1. Documentación acreditativa de la representación con la que actúa el/la representante legal, emitida por el Registro Nacional o Autonómico correspondiente (6 meses máximo de antigüedad), salvo que actúe con certificado electrónico cualificado de representante.

  2. Certificación acreditativa de que la entidad está inscrita en el registro y en su caso sección correspondiente.

  3. Documentación acreditativa del domicilio de la misma, expedida por una administración pública.

  4. Estatutos de la entidad debidamente sellados e inscritos.

  5. Declaración responsable, según modelo Anexo II.

  6. Formulario para la presentación de proyectos, según modelo Anexo III.

La justificación se realizará mediante el sistema de cuenta justificativa simplificada según modelo Anexo IV

Los modelos pueden ser descargados directamente pulsando en los siguientes enlaces:

Anexo I.- Solicitud de subvención. - 24.feb.2022 - 444,3 kb

Anexo II.- Declaración responsable. - 24.feb.2022 - 457,7 kb

Anexo III.- Formulario para la presentación de proyectos - 24.feb.2022 - 50,8 kb

Anexo IV.- Cuenta justificativa simplificada - 24.feb.2022 - 40,1 kb

CONTACTO
  •  Centralita
  • T. +34 928219421
  • T. +34 928219494
OIAC
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